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Licencia de cambio de uso de local a vivienda - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social precisa de ideas innovadoras para atender una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho a tener una casa.
Con lo cual, y considerando el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que nuevos propietarios compren inmuebles cuyo uso inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De esta forma se crea una nueva forma de disfrutar de una vivienda, que no es ajena a materias, tanto de condición técnica como jurídica.
Como hemos comentado, realizar el cambio de uso de un local en el que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a las necesidades de una vivienda no está exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, siendo necesario cumplir con ciertas dimensiones, situación en relacióna la acera de cada una de las estancias que conforman la vivienda, exigencia de cocina y de instalación de evacuación de humos, requisitos sobre iluminación y ventilación, así como accesibilidad y seguridad en con respecto a la prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las demandas técnicas o físicas que debe reunir la vivienda se le sumarán las legales, de modo que se debe cumplir con lo estipulado por la normativa administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso de local a vivienda requerirá la obtención de la obligatoria licencia de obra obtenida a través del proceso ordinario común. Para ello, hay que presentar un proyecto realizado por un técnico competente en este tipo de cuestiones, y que habrá de contener aquellas obras a acometer que se ajustan al Código de Edificación. Sin embargo, y con anterioridad, conviene conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, tramitado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso permitirá garantizar que el nuevo uso que se atribuirá al suelo no interfiere con lo estipulado por la normativa urbanística. De igual modo, es recomendable solicitar un informe de viabilidad previo confeccionado por un perito competente, que permitirá determinar si el cambio de uso es posible, aunque también puede que lo lleve a cabo el propio Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero muy recomendable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe trasgredir lo estipulado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o estructura del edificio en el que se ubica, priorizando principalmente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada reconocido en la Constitución. No obstante, cuando se se ven alterados elementos comunes es necesario contar con la aprobación de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Licencia de cambio de uso de local a vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la tramitación a llevar a cabo ante el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el procedimiento para la concesión del permiso y, por otro lado, orientará en todos aquellos impedimentos que la Administración fije para la concesión de las autorizaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los pertinentes recursos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma manera, y con la finalidad de prevenir potenciales impedimentos por parte de la Comunidad de Propietarios, se llevará a cabo un estudio previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de verificar que se permite realizar el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en la cuestión para mostrar las características del proyecto y la no afectación en la estructura y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en colaboración con un profesional experto en el tema, que se responsabilizará de preparar los informes y análisis técnicos oportunos para hacer el cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Licencia de cambio de uso de local a vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han manifestado algunas de las particularidades y/o complejidades a las que se tiene que enfrentar una persona o empresa que se plantee cambiar el uso de un inmueble de local a vivienda, aconsejamos que acudan al bufete cuanto antes si lo que buscan es optimizar todo el proceso para cambiar el uso asignado al su inmueble, o quieren consejo, así como asistencia letrada letrada por las negativas notificadas por parte del Ayuntamiento y que impiden continuar con el procedimiento.
Del mismo modo, y dada la naturaleza del cambio físico y legal que sufre la propiedad, la modificación deberá acceder al Registro de la Propiedad a través de la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de este tipo de procedimientos permitirá agilizar toda esta fase final.
Además, la especialización y conocimiento de distintos regímenes legales que atañen a viviendas servirá para dotar de un asesoramiento más personalizado, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al saber cuál es su naturaleza y la extensión de calificación, y tras estudiar el caso, podremos ajustar el procedimiento de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de vivienda con un régimen más complejo.
Como hemos comentado, el mejor momento para ponerse en contacto con el bufete será cuando el interesado se plantee proceder con el cambio de uso de un local, momento en el que se mostrará todos los pasos por completar y se recibirá asistencia especializada en cada una de las fases del proceso para el cambio de uso, encontrando la solución óptima en caso de tener que tomar diferentes decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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