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Viviendas de protección oficial (VPO) - VMS Abogados

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Viviendas de protección oficial (VPO) - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no viene exenta de limitaciones para las VPO, y es que, para su venta, los propietarios deberán contar con una autorización de transmisión emitida por la Administración competente. La posesión y/o propiedad de una VPO exige mantenerla como vivienda habitual, lo que se comprueba mediante inspecciones periódicas realizadas por los Servicios de Inspección. De la inobservancia de esta limitación se podría acabar incurriendo en una infracción.
Se establece un precio máximo de venta al igual que un precio determinado de arrendamiento. En el caso de la compraventa, una vez que la vivienda se descalifica, el propietario puede venderla a precio de mercado sin tener que cumplir el límite establecido por la normativa autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para el acceso a una VPO la Comunidad de Madrid impone ciertos requisitos a quienes quieren adquirir una vivienda, ya sea mediante la compra o arrendamiento. Esencialmente, los ingresos familiares no deben exceder de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se fija en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que quiere acceder a una VPO no debe ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en todo el territorio nacional, ni una libre en el territorio de la CAM.
Como anteriormente se mencionó, la VPO deberá destinarse a vivienda habitual, por lo que no podrá ser segunda residencia o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede imponer requisitos adicionales para el acceso a viviendas reservadas a personas con ciertas situaciones especiales, como son la discapacidad o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: Para que una vivienda adquiera la calificación de VPO, y por tanto se encuentre protegida por la Administración, es necesario un procedimiento administrativo en virtud del que se obtendrá, en primer lugar, una calificación provisional sobre el proyecto, y una vez terminado, y respetando unos plazos, se obtendrá una calificación definitiva. Fruto de la calificación como VPO, en función de si resulta de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá un régimen. En las primeras, como ya se advirtió anteriormente, la vivienda debe destinarse a residencia habitual, y el precio de acceso a la misma estará limitado.
Para vender una VPO se debe contar con la autorización de la Autoridad Competente en materia de vivienda, contando igualmente con que el precio de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: en aquellas viviendas objeto de arrendamiento, los herederos del titular del contrato podrán subrogarse en su posición siempre y cuando cumplieran las condiciones para solicitar la vivienda y tuvieran el grado de parentesco con el arrendatario exigido, así como estar empadronados en la vivienda. Siendo un contrato de compraventa, el heredero del finado que ostentaba la propiedad del inmueble podrá subrogarse en la situación del fallecido en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho realizamos el estudio de cada caso concreto para comprobar si los clientes se encuentran en situación de acceder a una vivienda de estas características, del mismo modo que, una vez que se ha tenido acceso a la vivienda, acompañamos en todas aquellas gestiones y trámites que quisieran realizar en relación con su VPO.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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