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Requisitos cambio uso local a vivienda Madrid - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social precisa de ideas innovadoras para atender una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho de la vivienda.
De esta manera, y considerando el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco habitual que algunas personas compren viviendas cuyo fin inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De este modo se crea una nueva forma de acceso a vivienda, que no es ajena a materias, tanto de condición técnica como judicial.
Como hemos dicho, tramitar el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha llevado a cabo un negocio para adaptarlo a los requerimientos de una vivienda no está exento de un reacondicionamiento técnico del inmueble, siendo obligatorio cumplir con ciertas dimensiones, posicionamiento en relacióna la acera de cada una de las habitaciones que componen la vivienda, exigencia de cocina y de instalación de salida de humos, imposiciones sobre iluminación y ventilación, así como accesibilidad y seguridad en materia de prevención de incendios, entre otras obligaciones.

A las exigencias técnicas o físicas que debe reunir la vivienda se le añadirán las jurídicas, de modo que se debe cumplir con lo especificado por la legislación administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso de local a vivienda exigirá la obtención de la obligatoria licencia de obra obtenida mediante el proceso ordinario habitual. Para ello, se tendrá que adjuntar un proyecto preparado por un perito experto en la materia, y que habrá de contener aquellas obras a realizar que cumplen con Código de Edificación. Sin embargo, y con carácter previo, es recomendable obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso permitirá garantizar que el nuevo uso que tendrá el suelo no proscribe con lo reflejado por la legislación urbanística. De la misma forma, es recomendable solicitar un estudio de viabilidad previo preparado por un técnico especializado, que permitirá reconocer si el cambio de uso es posible, aunque también es posible que lo lleve a cabo el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero muy aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe trasgredir lo reflejado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o configuración del bloque en el que se ubica, primando principalmente la posibilidad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada recogido constitucionalmente. No obstante, cuando se modifican elementos comunes hay que contar con la aprobación de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Requisitos cambio uso local a vivienda Madrid - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la tramitación a llevar a cabo ante el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el proceso para la concesión del permiso y, además, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración estipule para la obtención de las autorizaciones oportunas para realizar cambio de uso, interponiendo los correspondientes recursos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
Del mismo modo, y con el objetivo de prevenir posibles trabas por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un análisis previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de verificar que se permite llevar a cabo el cambio de uso. Del mismo modo, y si es necesario, se acudirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en la cuestión para explicar la realidad del proyecto y la no alteración en la estructura y seguridad del edificio y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en coordinación con un técnico competente en el tema, que se responsabilizará de preparar los informes y análisis técnicos necesarios para realizar el cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Requisitos cambio uso local a vivienda Madrid - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez han sido expuestas algunas de las particularidades y/o complejidades a las que se tiene que enfrentar un ciudadano o empresario que se plantee cambiar el uso de una propiedad de local a residencial, aconsejamos que se pongan en contacto con el despacho cuanto antes si lo que quieren es agilizar todo el procedimiento para cambiar el uso original de su propiedad, o necesitan un servicio de consultoría, así como asistencia letrada letrada por las denegaciones notificadas por parte del Ayuntamiento y que son un lastre para seguir con el procedimiento.
De la misma forma, y dada la entidad del cambio físico y jurídico que experimenta el inmueble, el cambio deberá acudir al Registro de la Propiedad mediante la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la gestión de esta clase de actuaciones permitirá optimizar toda esta etapa final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de distintos regímenes jurídicos que afectan a viviendas permitirá dotar de un asesoramiento más personalizado, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al saber cuál es su naturaleza y la extensión de calificación, y tras evaluar el tema, será más sencillo ajustar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de vivienda con un régimen más complejo.
Como hemos mencionado, el mejor momento para ir al bufete será cuando la persona se plantee proceder con el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se explicará todos los pasos por recorrer y se recibirá consultoría especializada en cada una de las fases del procedimiento para el cambio de uso, encontrando la solución óptima en caso de tener que tomar diferentes decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios