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Qué es una vivienda de protección oficial - VMS Abogados

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Qué es una vivienda de protección oficial - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección ofrecida no se presenta libre de limitaciones para las Vivienda de Protección Oficial, y es que, para su comercialización, los propietarios tendrán que contar con un permiso de transmisión emitida por la Administración competente.
La tenencia y/o propiedad de una Vivienda de Protección Oficial exige mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba mediante inspecciones regulares hechas por los Servicios de Inspección. De la violación de esta restricción se podría acabar incurriendo en una infracción.
Se marca un precio máximo de venta y un valor designado de arrendamiento. Con respecto a la compraventa, una vez que la vivienda se descalifica, el titular tiene la posibilidad de venderla a precio de mercado sin tener que ajustarse al límite determinado por la normativa autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para el acceso a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid exige determinados requisitos a quienes desean adquirir una casa, ya sea a través de la adquisición o arrendamiento.Fundamentalmente, las rentas familiares no pueden ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se fija en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que quiere acceder a una Vivienda de Protección Oficial no puede ser propietario de pleno derecho o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra casa protegida en todo el territorio nacional, ni una libre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Como previamente se mencionó, la VPO tendrá que dirigirse a vivienda habitual, por lo que no podrá ser residencia vacacional o utilizada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su arrendamiento.
La Comunidad de Madrid puede imponer condiciones adicionales para acceder a viviendas dirigidas a personas con ciertas características particulares, como son la discapacidad o el régimen de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una casa adquiera la calificación de Vivienda de Protección Oficial, y por tanto esté protegida por la Administración, es necesario un proceso administrativo en virtud de lo que se obtendrá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez completando, y cumpliendo con unos tiempos, se logrará una calificación definitiva.Resultado de la calificación como VPO, según si resulta de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se mencionó anteriormente, la vivienda tiene que destinarse a residencia habitual, y el precio de acceso a la misma estará acotado.
Para vender una VPO se debe disponer de la autorización de la Autoridad Competente en materia de vivienda, teniendo en cuenta del mismo modo con que el precio de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de alquiler, los herederos del propietario del contrato tendrán la posibilidad de subrogarse en su posición siempre y cuando reunieran los requisitos para solicitar la vivienda y mantuvieran el grado de consanguinidad con el arrendatario exigido, así como estar empadronados en la vivienda.Tratándose de un contrato de compraventa, el heredero de la persona fallecida que ostentaba la titularidad de la vivienda podrá subrogarse en la posición del fallecido en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho hacemos el estudio de cada caso concreto para verificar si los clientes se encuentran en situación de acceder a una vivienda de estas características, del mismo modo que, una vez que se ha tenido acceso a la propiedad, orientamos en todas aquellas gestiones y trámites que desearan realizar en relación con su VPO.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios