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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa describe como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de forma fija, que no se pueda separar sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos todos los tipos de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para cubrir deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrario, un pacto por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las situaciones jurídicas creadas alrededor del uso o propiedad de un bien es imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada tipo de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente establecido cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y cómo lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar la cuestión. Pongamos por caso que necesitamos comprar una propiedad para usarla como residencia habitual, es decir, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para identificar la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a dejar por escrito las condiciones de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para conceder las Escrituras, partes que deben intervenir, modo de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice en base a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, la legislación actual nos ofrece múltiples posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento apropiado para recurrir a profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que ejercemos los expertos en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos guiaros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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