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Cuál es la ley de la segunda oportunidad - VMS Abogados
En el año 2015, después de pasar los años de la crisis económica, se aprobó la Ley 25/2015, de 28 de julio, de Mecanismo de Segunda Oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
La realidad es que, ante el triunfo del conjunto de la población española al salvar la crisis, había muchas personas que todavía estaban en una situación complicada, haciendo evidente que las máximas de la experiencia que, cuando no existen mecanismos de segunda oportunidad, se producen desincentivos claros a desarrollar nuevas actividades e incluso a quedarse en el circuito regular del mercado económico. Muchas situaciones de de impago están relacionadas con cuestiones que no están bajo el control del deudor de buena fe, surgiendo la exigencia de proporcionar una salida razonable a este tipo de deudor que, por una situación completamente acontecida e imprevisible de sus condiciones, no pueden cumplir los deberes adquiridos.
Por tanto, la funcionalidad de la Ley de Segunda Oportunidad es clara: la exoneración de la deuda de las personas deudoras. La Ley de Segunda Oportunidad marca controles y garantías requeridos para prevenir contra las insolvencias tácticas o facilitar daciones en pago selectivas. El objetivo es posibilitar que una persona que se ha arruinado por haber liquidado todo su patrimonio en beneficio de sus demandantes, pueda quedar exonerado de la mayoría de las deudas pendientes tras la referida liquidación.
Al ser un concurso de persona física, también está regulado en el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se promulga el Texto Refundido de la Ley Concursal, que recientemente ha sido modificado, eliminando, entre otras, la necesidad de intentar de forma previa a la presentación de la reclamación el Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
En lo que respecta a la experiencia como abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, el mayor hito procesal de nuestra compañía es la supresión de una deuda de más de medio millón de euros de una financiación que arrastraba nuestro representado desde los años 2014 y 2015. Conseguimos exonerarle del dinero no pagado sin condicionar su sueldo mínimo ni el plan de pensiones que tenía como único patrimonio.
Contacte con nuestros abogados especialistas en Ley de segunda oportunidad.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cuál es la ley de la segunda oportunidad - Características de nuestro servicio
La función de un abogado experto en la Ley de Segunda Oportunidad no es otra que, vinculada a las deudas que debido a su origen o por el tipo de reclamante, sea posible dispensar de pago a su representado.
El primer cometido que tiene que realizar el abogado es estudiar la posición concreta de cada persona: origen de las deudas, si están en fase de ejecución en el Juzgado, quiénes son los reclamantes, etc. Tenemos que señalar que no pueden acogerse a esta ley las personas jurídicas, esto es, el deudor deberá ser, obligatoriamente, persona física.
Una vez conocidos estos extremos, lo siguiente será determinar si está dentro de los requisitos que recoge la legislación para poder solicitar este mecanismo, a grandes rasgos: contar con más de un acreedor (por ejemplo, entidades financieras o empresas proveedoras), no contar con liquidez, no tener antecedentes por delitos financieros en la última década, ser deudor de buena fe, que los préstamos con la Seguridad Social y la AEAT no sean más de 10.000,00€ (ya que únicamente se pueden suprimir las deudas con estas entidades hasta la cantidad que hemos mencionado), etc.
Una vez valorados los requisitos, el abogado solicitará al cliente toda la documentación que será incluida junto con la reclamación: nóminas, titularidades sobre viviendas, plan de pagos que se puede realizar en caso de que haya un concurso con masa patrimonial…etc
Una vez hecho esto, se presentará la demanda dirigida al Juzgado Mercantil del partido judicial de la localidad del concursado insolvente, para lo que se precisará la figura de un Procurador. En todos los supuestos se procurará proteger la vivienda habitual del deudor siempre que se establezca un plan de pagos para afrontar parte de la deuda no exonerable.
La siguiente cuestión que nos consultan los clientes es “¿en cuánto tiempo sabré si quedo exonerado del pasivo no liquidado?” Pues bien, la legislación ha resuelto un máximo de 18 meses para los casos más complicados o las localidades con los juzgados más saturados.
Cuál es la ley de la segunda oportunidad - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Las razones que plantean la necesidad de contratar a un abogado que pueda asistir a los clientes a ser exonerado de sus deudas son evidentes: cuando estemos siendo embargados por algún juzgado (actuación que se siga como solicitud de alguno de los reclamantes), cuando no podamos afrontar el pago de nuestras deudas y nos encontremos en insolvencia, cuando antes de encontrarnos en estado de insolvencia preveamos que nos vamos a ver sumergidos en esta circunstancia.
El porqué parece lógico: para tratar que se nos declare en concurso, que hagamos frente a un fraccionamiento de de pagos o bien aboguemos por una liquidación total de las deudas si no tenemos patrimonio con el que hacer frente a las demandas de los reclamantes.
El momento de recurrir a un abogado en los asuntos relacionados con los procesos concursales de persona física es variado, dado que la procedencia y la obligación de pago de estas puede escalarse mucho tiempo atrás (10 años, por ejemplo, teniendo en cuenta que muchas de las deudas se contrajeron en la crisis de 2008), o bien recientemente, al proceder la deuda de un impago de cuotas de arrendamiento, por ejemplo.
Lo que se hace necesario es dejarse asesorar por un especialista en la Ley, pues puede aconsejarnos si se reúnen los requisitos generales para iniciar el procedimiento de la Segunda Oportunidad y de qué manera podríamos intentar eliminar las deudas.
Por eso, es por lo que te animamos a ponerte en contacto con nuestro bufete, os os orientaremos y estudiaremos cuáles son las posibilidades de resultar factible el procedimiento. Pero además, podremos recomendaros de qué manera proteger la mayor parte de vuestro patrimonio.
Como os hemos indicado en otros posts de esta sección, estaremos encantados de analizar tu asunto, siempre desde las máximas del rigor y la experiencia que requieren los concursos voluntarios de personas físicas.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.