Nos encontramos en:
Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación define como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Por tanto, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, conozcamos todos los tipos de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para sufragar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un canon anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las situaciones legales creadas en torno al disfrute o propiedad de un bien resulta imprescindible, y de este modo lo tratamos en nuestro Bufete, confeccionando minuciosa y concienzudamente cada tipo de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente reflejado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos plasmar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué quiere el cliente, nos encargamos de enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para describir la propiedad, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la posibilidad de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a dejar por escrito los requisitos de la adquisición: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para conceder las Escrituras, personas que deben intervenir, modo de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, se producirá la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación actual no nos fuerza a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos ofrece numerosas posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento óptimo para contactar con profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera función que realizamos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios

CASO DE ÉXITO: Fianza contrato de arrendamiento
1. Cuál era el problema: Nuestros clientes habían suscrito un contrato de arrendamiento, en el que expresamente constaba que la duración mínima se establecía en

CASO DE ÉXITO: Reiteración en tratar los mismos asuntos en juntas de propietarios
1. Cuál era el problema: En una Comunidad de Propietarios, una vecina solicitaba la celebración de una Junta para tratar un asunto que ya había

CASO DE ÉXITO: Reparto de desplazamientos entre los progenitores cuando residen en ciudades diferentes
1. Cuál era el problema: Acude a nuestro despacho un padre que desea que, ante la imposibilidad de establecer un sistema de guarda y custodia

CASO DE ÉXITO: Termitas en comunidades de propietarios
1. Cuál era el problema: El litigio en el que intervino VMS como letrado de una Comunidad de Propietarios versaba sobre el incumplimiento contractual de