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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda dividirse sin romperse o deteriorarse.
Por tanto, si bien la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la clase de contratos que podemos confeccionar y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales proviene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes legales concebidas alrededor del uso o propiedad de una propiedad es esencial, y de esta manera lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y concienzudamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente contemplado cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Así, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué precisa el cliente, nos encargamos de enfocar el tema. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre libre de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, procederemos a dejar por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para entregar las Escrituras, partes que deben participar, forma de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si aparecen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación actual no nos obliga a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos proporciona numerosas posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos obtener del inmueble.
El momento adecuado para recurrir a un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento idóneo para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que hacemos los expertos en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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