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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o estropearse.
Por eso, si bien la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que podemos confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales deriva de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes legales creadas alrededor del disfrute o propiedad de un bien resulta fundamental, y de esta forma lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y concienzudamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede adecuadamente reflejado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para describir la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la posibilidad de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Cuando disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y forma de pagar, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, partes que tienen que participar, forma de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice según los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la legislación actual no nos obliga a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, la legislación actual nos ofrece múltiples posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las actividades que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para contactar con profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento adecuado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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