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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Así, aunque es cierto que la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que podemos confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), relativos a su mero disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la propiedad a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las vicisitudes jurídicas creadas alrededor del uso o propiedad de un bien resulta esencial, y de este modo lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada estilo de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente contemplado cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, administrar, explotar, gozar, etc.
Por tanto, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos reflejar en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué precisa el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la finca, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la posibilidad de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a dejar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para conceder las Escrituras, partes que deben intervenir, forma de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una casa, se producirá la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación actual no nos fuerza a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece un amplio abanico de posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento adecuado para contactar con profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos cotidianos como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que ejercemos los expertos en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos asesoraros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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