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Cambio de local a vivienda requisitos - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social precisa de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más básicas de todas, que es el derecho a tener una casa.
De esta manera, y considerando el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco habitual que nuevos propietarios compren viviendas cuyo fin inicial era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
De esta manera surge una nueva manera de acceso a vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de índole técnica como jurídica.
Como hemos dicho, proceder con el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a las necesidades de una vivienda no está exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, imponiéndose la obligación de cumplir con determinadas dimensiones, posicionamiento con respecto a la acera de cada una de las estancias que componen la vivienda, exigencia de cocina y de instalación de salida de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, así como accesibilidad y seguridad en cuestión de prevención de incendios, entre otras exigencias.

A las exigencias técnicas o físicas que tiene que reunir la vivienda se le añadirán las jurídicas, de modo que se debe cumplir con lo recogido por la legislación administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, tiene que tenerse en consideración que el cambio de uso de local a vivienda necesitará de la obtención de una preceptiva licencia de obra solicitada a través del procedimiento ordinario habitual. Para ello, hay que presentar un proyecto firmado por un técnico competente en este tipo de cuestiones, y que deberá incluir aquellas obras a realizar que se ajustan al Código de Edificación. Sin embargo, y con anterioridad, es recomendable conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso servirá para asegurar que el nuevo uso del que se dotará el suelo no interfiere con lo estipulado por la normativa urbanística. De la misma forma, es recomendable solicitar un informe de viabilidad previo preparado por un perito especializado, que permitirá valorar si el cambio de uso es posible, aunque también puede que lo confeccione el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero altamente aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe infringir lo dispuesto por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o configuración del bloque en el que se encuentra, primando principalmente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada reconocido en la Constitución. No obstante, cuando se ven afectados elementos comunes es necesario contar con la aprobación de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambio de local a vivienda requisitos - Características de nuestro servicio
Un abogado especializado conoce toda la tramitación a realizar ante el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el procedimiento para la concesión de la licencia y, además, orientará en todos aquellos impedimentos que la Administración fije para la obtención de las aprobaciones oportunas para proceder al cambio de uso, interponiendo los correspondientes recursos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con el objetivo de prevenir potenciales impedimentos por parte de la Comunidad de Vecinos, se realizará un estudio previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de corroborar que se permite realizar el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se asistirá a la Junta de Propietarios junto con el técnico competente en el asunto para mostrar la realidad del proyecto y la no afectación en la configuración y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en coordinación con un técnico experto en el asunto, que asumirá la labor de preparar los documentos y proyectos técnicos oportunos para llevar a cabo el cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Cambio de local a vivienda requisitos - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han manifestado algunas de las peculiaridades y/o dificultades a las que se tiene que salvar una persona o empresa que desee cambiar el uso de una propiedad de local a residencial, aconsejamos que acudan al despacho cuanto antes si lo que quieren es optimizar todo el proceso para cambiar el uso asignado al su propiedad, o quieren consejo, así como asistencia letrada letrada por las negativas notificadas por parte del Ayuntamiento y que impiden seguir con el proceso.
Igualmente, y dada la entidad del cambio físico y jurídico que sufre la construcción, la modificación tendrá que acudir al Registro de la Propiedad mediante la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra experiencia en la gestión de este tipo de actuaciones resultará muy útil para optimizar toda esta fase final.
Por otro lado, la especialización y conocimiento de diferentes regímenes legales que afectan a viviendas servirá para dotar de un asesoramiento más personalizado, ajustado, por ejemplo, a VPO. Al conocer su régimen y la extensión de calificación, y tras evaluar la cuestión, será más sencillo adaptar el proceso de cambio de uso a las necesidades de este tipo de vivienda con un régimen más complicado.
Como hemos indicado, el mejor momento para ponerse en contacto con el bufete será cuando el interesado se proponga proceder con el cambio de uso de un local, momento en el que se mostrará todo el camino por completar y se recibirá consultoría especializada en cada una de las fases del procedimiento para el cambio de uso, buscando la solución más adecuada en caso de tener que tomar distintas determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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