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Cómo renunciar a una herencia

Las herencias se pueden convertir en un verdadero quebradero de cabeza y muchos optan por renunciar a la herencia.

VMS Abogados

  • agosto 10, 2020

Cómo renunciar a una herencia

Las herencias se pueden convertir en un verdadero quebradero de cabeza y muchos optan por renunciar a la herencia.

VMS Abogados

  • agosto 10, 2020

¿Es posible renunciar a una herencia? Debido a diferentes razones, esta es una pregunta que muchos se hacen. La respuesta es sí, puedes renunciar a una herencia.

 

Las herencias no siempre son un beneficio. En ocasiones pueden llegar a convertirse en un problema. La solución no siempre es fácil y se la conoce, según la jerga jurídica, como “repudiar una herencia”.

Existe diferentes motivos por los que una persona decide no percibir una herencia ante un fallecimiento en caso de estar constituido como sucesor. Normalmente hay dos tipos de motivos para rechazar una sucesión.

El primero de ellos se debe a que al igual que podemos heredar bienes, también podemos heredar deudas que hagan inviable percibir esa herencia. Otra de las razones que se esgrimen para renunciar una herencia es no poder hacer frente al Impuesto de Sucesiones.

Recordamos que el Impuesto de Sucesiones varía según la comunidad de autónoma.

¿Cuál puede ser un ejemplo de tipo económico? Pues heredar un inmueble, como puede ser una casa, sobre la que todavía haya que pagar gran parte de la hipoteca.

El segundo principal motivo está relacionado con la familia o las relaciones interpersonales. A veces las herencias pueden generar una tensión que puede acarrear enfrentamientos en el seno familiar.

Según el Consejo General del Notariado en 2017 se efectuaron 42 987 renuncias a herencias, una cifra que no para de aumentar año tras año. De hecho, en 2007, tan sólo se registraron 11 048 trámites de este modelo.

¿Qué hay que tener en cuenta antes de renunciar a una herencia?

 

Hay que tener presente cuatros aspectos de suma importancia:Renunciar a una sucesión o a un testamento

  1. No puedes efectuar dicho proceso sin que haya fallecido la persona de la vamos a recibir la sucesión. Es decir, no existe la posibilidad de rechazar una herencia sin que se haya producido un fallecimiento.
    2- No hay un plazo fijado y determinado para renunciar a la herencia. No obstante, se debe hacer antes de que finalizase el plazo voluntario para la liquidación del Impuesto de Sociedad y Donaciones.
    3- Es un acto libre e irrevocable. Esto quiere decir que se puede realizar de modo independiente al resto de coherederos y que no hay marcha atrás. Una vez que se lleva a cabo la renuncia no se puede volver al paso anterior.
    4- Se renuncia a la totalidad de la herencia sin excepción alguna. De esta forma, no puedes recibir ciertos bienes y renunciar a sus deudas.

Entonces… ¿Cómo renunciar a una herencia?

 

En un principio el proceso es sencillo y no reviste de mayor complicación. Eso sí, debes estas seguro de lo que haces y haber desechado todas las opciones posibles antes de renunciar a una sucesión.

Desde VMS, despacho de abogados especialistas en herencias y sucesiones, recomendamos el asesoramiento de los letrados ante una sucesión. Puedes contactar con nuestro despacho y plantearnos cualquier cuestión al respecto sin ningún tipo de compromiso.

Para renunciar a una herencia tienes que presentar una escritura de repudiación de herencia ante una oficina notarial.

Debes presentar:

  • DNI en vigor del heredero.
  • Certificado de defunción del causante.
  • Certificado de últimas voluntades del fallecido.
  • Copia autentica del testamento o acta de declaración de herederos.

Asimismo, hay dos formas de proceder para renunciar a una herencia:

  1. Renuncia de herencia pura y simple. Cuando el heredero renuncia a su herencia y no lo hace en favor de nadie, como si la persona que renuncia nunca hubiera adquirido los bienes. Su parte se reparte entre los coherederos o los herederos del grado siguiente.
  2. Renuncia a beneficio de tercera persona. En concreto se refiere a cuando cedemos el derecho de herencia a otra persona. Aunque el heredero rechaza la sucesión, sí que tiene que hacerse cargo del pago de los impuestos correspondientes.

¡Importante! El Código Civil establece que una vez se acepta la herencia ya no se puede renunciar a ella con los pagos que ello conlleva. Piensa bien qué es lo que más te interesa antes de aceptar o renunciar a una herencia.

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