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Abogados ley de la segunda oportunidad - VMS Abogados
En el año 2015, después de pasar los años de la crisis económica, se aprobó la Ley 25/2015, de 28 de julio, de Mecanismo de Segunda Oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social.
La realidad es que, ante el triunfo de toda la población española al salvar la crisis, existían muchas personas que todavía estaban en recesión, haciendo evidente que las máximas de la experiencia que, cuando no hay mecanismos de segunda oportunidad, se producen desincentivos evidente a acometer nuevos proyectos e incluso a quedarse en el circuito ordinario del mercado económico. Muchas situaciones de de impago están relacionadas con factores que escapan del control del deudor de buena fe, surgiendo la exigencia de ofrecer una solución justa a este tipo de deudor que, por una situación totalmente acontecida e imprevista de sus circunstancias, no cuentan con la capacidad de cumplir los contratos contraídos.
Por este motivo, la implicación de la Ley de Segunda Oportunidad resulta indiscutible: la exoneración del pasivo de las personas deudoras. La Ley de Segunda Oportunidad crea controles y garantías necesarios para prevenir contra las insolvencias estratégicas o facilitar daciones en pago selectivas. El objetivo es posibilitar que aquel que lo ha perdido todo por haber liquidado la totalidad de su patrimonio en favor de sus acreedores, pueda quedar exonerado de la mayoría de las deudas pendientes tras dicha entrega.
Al ser un concurso de persona física, también se encuentra regulado en el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se promulga el Texto Refundido de la Ley Concursal, que de manera reciente ha sido modificado, suprimiendo, entre otras, la necesidad de intentar de manera previa a la presentación de la reclamación el Acuerdo Extrajudicial de Pagos.
En referencia a la experiencia como abogados expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, el mayor logro procesal de nuestra compañía es la anulación de una deuda de más de medio millón de euros de una financiación que arrastraba nuestro cliente desde los años 2014 y 2015. Conseguimos exonerarle del pasivo insatisfecho sin condicionar su salario mínimo ni el plan de pensiones que poseía como único capital.
Contacte con nuestros abogados especialistas en Ley de segunda oportunidad.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Abogados ley de la segunda oportunidad - Características de nuestro servicio
El objetivo de un abogado especializado en la Ley de Segunda Oportunidad no es otra que, respecto a las deudas que debido a su origen o por el tipo de acreedor, sea posible eximir de pago al cliente.
la primera labor que tiene que realizar el abogado es estudiar la posición concreta de cada cliente: procedencia de las deudas, si se encuentran en fase de ejecución en el Juzgado, quiénes son los acreedores, etc. Cabe enfatizar que no pueden acogerse a este mecanismo las personas jurídicas, esto es, el deudor deberá ser, obligatoriamente, persona física.
Una vez entendidos estos requerimientos, el siguiente paso será averiguar si está dentro de los requisitos que exige la legislación para poder solicitar este mecanismo, a grandes rasgos: tener más de un acreedor (por ejemplo, bancos o proveedores), no contar con liquidez, no tener antecedentes por delitos financieros en la última década, ser deudor de buena fe, que los créditos con la Seguridad Social y Hacienda no sean mayores de 10.000,00€ (pues únicamente se pueden suprimir las deudas con estas administraciones hasta la cantidad que hemos mencionado), etc.
Una vez examinados los requerimientos, el abogado solicitará al cliente toda la documentación que será incluida junto con la demanda: nóminas, titularidades sobre viviendas, programa de pagos que se puede realizar en el supuesto de que haya un concurso con masa patrimonial…etc
Cuando se haya hecho esto, se interpondrá la solicitud dirigida al Juzgado Mercantil del partido judicial de la ciudad del concursado insolvente, para lo que se requerirá la figura de un Procurador. En todos los supuestos se procurará proteger la vivienda habitual del concursado siempre que se prepare un programa de pagos para hacer frente a parte de la deuda no exonerable.
La siguiente cuestión que nos plantean los clientes es “¿en cuánto tiempo podré saber si estoy exonerado del pasivo insatisfecho?” Pues bien, la Ley ha resuelto un máximo de un año y medio para los casos más complejos o las localidades con los tribunales más saturados.
Abogados ley de la segunda oportunidad - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Las razones que plantean la necesidad de contratar a un abogado que pueda ayudar a los clientes a ser eximido de sus deudas son evidentes: cuando estemos siendo embargados por algún juzgado (ejecución que se siga como ruego de cualquiera de los acreedores), cuando no podamos afrontar el pago de nuestras deudas y estemos en insolvencia, cuando antes de entrar en estado de insolvencia pensemos que nos vamos a ver inmersos en esta situación.
El porqué parece obvio: para tratar que se nos declare en concurso, que hagamos frente a un fraccionamiento de de pagos o bien aboguemos por una liquidación total de las deudas si no tenemos patrimonio con el que hacer frente a las peticiones de los acreedores.
El momento de acudir a un abogado en los temas que tienen que ver con los concursos de persona física es variado, ya que el origen y la obligación de pago de las mismas puede escalarse mucho tiempo atrás (10 años, por ejemplo, teniendo en cuenta que muchas de las deudas se originaron en la crisis de 2008), o bien en un momento actual, al provenir la deuda de un impago de rentas de alquiler, por ejemplo.
Lo que se precisa es dejarse asesorar por un experto en el Mecanismo, ya que, puede aconsejarnos si se reúnen los requisitos generales para acogernos a la Segunda Oportunidad y de qué modo podemos tratar de suprimir las deudas.
Por eso, es por lo que te invitamos a ponerte en contacto con nuestro despacho, os os orientaremos y evaluaremos cuáles son las posibilidades de resultar factible el proceso. Pero también podremos recomendaros de qué modo proteger la mayor parte de vuestro patrimonio.
Como os hemos indicado en otros posts de esta sección, estaremos encantados de estudiar tu asunto, siempre desde las los más estrictos estándares y la experiencia que precisan los concursos voluntarios de personas físicas.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.