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Se pueden alquilar las viviendas de protección oficial - VMS Abogados

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Se pueden alquilar las viviendas de protección oficial - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección ofrecida no se encuentra exenta de limitaciones para las Vivienda de Protección Oficial, y es que, para su comercialización, los propietarios tendrán que contar con un permiso de transmisión emitida por la Administración competente.
La posesión y/o propiedad de una VPO requiere mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba a través de inspecciones periódicas efectuadas por los Servicios de Inspección. De la inobservancia de esta restricción se podría terminar incurriendo en una falta.
Se marca un valor máximo de venta y un valor determinado de alquiler. Con respecto a la compraventa, cuando la propiedad se descalifica, el propietario puede venderla a coste de mercado sin necesidad de cumplir el límite determinado por la normativa regional.
- Requisitos económicos de acceso: para optar a una Vivienda de Protección Oficial la Comunidad de Madrid solicita determinados requisitos a quienes desean comprar una casa, ya sea a través de la adquisición o alquiler.Esencialmente, las rentas familiares no deben exceder de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se refleja en los Presupuestos Generales, y del mismo modo, la persona que quiere tener acceso a una Vivienda de Protección Oficial no debe ser propietario de pleno derecho o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en toda la geografía española, ni una libre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Como anteriormente se ha especificado, la Vivienda de Protección Oficial deberá destinarse a vivienda habitual, por lo que no deberá ser segunda residencia o utilizada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede imponer requisitos extra para acceder a viviendas reservadas a personas con determinadas características especiales, como son la minusvalía o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una casa posea la calificación de Vivienda de Protección Oficial, y en consecuencia esté protegida por la Administración, se requiere un procedimiento administrativo en virtud de lo que se conseguirá, en primer lugar, una calificación provisional sobre el proyecto, y una vez completando, y respetando unos plazos, se obtendrá una certificación definitiva.Resultado de la certificación como VPO, en función de si resulta de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá un régimen u otro. En las primeras, como ya se advirtió antes, la casa tiene que dirigirse a residencia habitual, y el precio de compra de la misma se encontrará limitado.
Para vender una VPO se debe disponer de la licencia de la Autoridad Competente en materia de vivienda, contando del mismo modo con que el valor de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas propiedades objeto de alquiler, los herederos del titular del contrato tendrán la posibilidad de acogerse en su posición siempre y cuando cumplieran los requisitos para pedir la vivienda y mantuvieran el lazo de parentesco con el arrendatario requerido, así como estar empadronados en la casa.Tratándose de un contrato de compraventa, el heredero del finado que ostentaba la propiedad del inmueble podrá subrogarse en la situación del fallecido en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho confeccionamos el estudio de cada caso concreto para comprobar si los clientes se encuentran en posición de acceder a una casa de este tipo, del mismo modo que, cuando se ha tenido acceso a la propiedad, acompañamos en todas aquellas tareas y trámites que desearan realizar en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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