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¿Es un delito saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19?

Saltarse una cuarentena al ser positivo al Covid-19 no está tipificado como delito en el Código Penal. No obstante, sí que puede ser castigado mediante sanciones administrativas.

VMS Abogados

  • septiembre 8, 2020

¿Es un delito saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19?

Saltarse una cuarentena al ser positivo al Covid-19 no está tipificado como delito en el Código Penal. No obstante, sí que puede ser castigado mediante sanciones administrativas.

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  • septiembre 8, 2020

Aumentan los casos de Covid y también las dudas sobre si es un delito saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19

 

A medida que los contagios de Covid-19 van en aumento, también aumenta el número de personas que se ven forzadas a realizar un confinamiento para no expandir el virus.

Esto se debe a que los positivos a la Covid y los contactos estrechos deben guardar cuarentena según las autoridades sanitarias.

Con esta tesitura muchos se preguntan qué pasaría si se saltan el confinamiento o si es un delito saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19.

De primeras es una práctica que no debe realizarse, pues provoca que la situación epidemiológica empeore. Puedes contagiar a personas que desarrollen la enfermedad de forma muy aguda e incluso provocar su muerte.

Aun así, no está de más saber si es un delito saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19 y es de gran interés en el mundo del derecho.

No, a priori no es un delito saltarse la cuarentena

 

La respuesta es más compleja de lo que parece.

¿Por qué no es un delito saltarte la cuarentena? Porque en el Código Penal no existe el delito de desobediencia a la autoridad a la hora de incumplir un confinamiento. Es decir, romper una cuarentena no está tipificado como delito.

Por tanto, no se produce un delito ni aunque se ejecute de forma retirada. Sin embargo, sabemos que el mundo jurídico es cambiante y no hay que descartar que en un futuro sí que sea un delito saltarse la cuarentena.

Esta idea también se vasa en la jurisprudencia existente hasta ahora. Por ejemplo, en una sentencia del 11 de mayo un juzgado de Vitoria absolvió a un hombre de un delito grave de desobediencia a la autoridad después de ser sorprendido hasta cuatro veces por la Ertzaintza durante el estado de alarma.

El juzgado detalló que “en principio no puede ser constitutivo de delito, sino, a lo sumo, de una infracción administrativa. Asimismo, especificó que incumplir de forma reiterada una norma administrativa no se convierte en una infracción penal”.

En un primer momento sí que se consideró delito saltarse la cuarentena. Dicha persona fue condenada a 4 meses de prisión y, al tener antecedentes, estuvo encarcelada hasta la vista del 11 de mayo en la que se sentenció su liberación por los argumentos explicados con anterioridad. La Fiscalía llegó a pedir un de prisión para el acusado.

¡Pero cuidado! Que no sea un delito saltarse la cuarentena no quiere decir que si te pillan te puedas escaquear de una multa.

Multas por saltarse el confinamiento o la cuarentena por la Covid-19

Saltarse la cuarentena sí puede sancionarse por la vía administrativa

 

Como en muchos otros ámbitos, que algo no sea punible por la vía penal no significa que no sea sancionable.

El Ministerio del Interior distribuyó una guía en abril con las multas que se pueden aplicar por saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19. La guía fue remitida a los delegados del Gobierno de las diferentes Comunidades autónomas.

Las sanciones del Ministerio por saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19 varían en función de la gravedad, medido por el número de contactos que tiene la persona contagiada y la actitud hacia las Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Si se insulta a los agentes la cuantía de la sanción puede ser mayor.

De esta forma, las sanciones marcadas por el Ministerio del Interior van desde los 600 euros hasta los 10 400 euros en caso de que el positivo participe en actividades de grupos. Todo ello se basa en una hipotética infracción del artículo 36 de la Ley de Seguridad Ciudadana.

No obstante, es cada Comunidad Autónoma la que determina las sanciones que se imponen en sus respectivos territorios. Normalmente las Consejerías diferencian las infracciones según sean infracciones leves, graves o muy graves.

Por ejemplo, en Extremadura las sanciones leves pueden llegar a los 3 000 euros, las graves a los 60 000 euros y las muy graves ascienden hasta los 600 000 euros.

En resumen: no es un delito saltarse la cuarentena siendo positivo a la Covid-19, pero sí es punible por la vía administrativa. Si tiene cualquier duda al respecto o está inmerso en una infracción que considera injusta, no dude en contactar con VMS Abogados. VMS es un despacho multidisciplinar que cuenta con un equipo de abogados de Derecho Administrativo.

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