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Paso de local a vivienda LPH - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social precisa de ideas creativas para satisfacer una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho de la vivienda.
Con lo cual, y teniendo en cuenta el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que nuevos propietarios adquieran viviendas cuyo fin original era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
Así se desarrolla una nueva forma de disfrutar de una vivienda, que no resulta ajena a materias, tanto de condición técnica como jurídica.
Como hemos dicho, llevar a cabo el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha llevado a cabo un negocio para ajustarlo a las necesidades de una vivienda no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, siendo indispensable cumplir con ciertas medidas, posicionamiento en relacióna la acera de cada una de las habitaciones que componen la vivienda, exigencia de cocina y de instalación de evacuación de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, así como accesibilidad y seguridad en cuestión de prevención de incendios, entre otras obligaciones.

A las exigencias técnicas o físicas que tiene que cumplir la vivienda se le sumarán las jurídicas, de modo que se tiene que cumplir con lo estipulado por la normativa administrativa en cuestión urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso terciario a residencial exigirá la obtención de la obligatoria licencia de obra obtenida a través del procedimiento ordinario habitual. Para ello, hay que presentar un proyecto confeccionado por un perito experto en este tipo de cuestiones, y que deberá contener aquellas obras a realizar que cumplen con Código de Edificación. No obstante, y anteriormente, es recomendable obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso permitirá asegurar que el nuevo uso que se dará al suelo no proscribe con lo estipulado por la legislación urbanística. De la misma forma, es conveniente obtener un informe de viabilidad previo preparado por un técnico especializado, que permitirá evaluar si el cambio de uso es viable, aunque también es posible que lo confeccione el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero muy aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe infringir lo establecido por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o estructura del bloque en el que se encuentra, priorizando mayormente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada reconocido en la Constitución. Sin embargo, cuando se se ven alterados elementos comunes hay que tener el consentimiento de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Paso de local a vivienda LPH - Características de nuestro servicio
Un abogado especializado sabe toda la burocracia que hay que llevar a cabo en el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el proceso para la concesión de la licencia y, además, guiará en todos aquellos obstáculos que la Administración imponga para la obtención de las aprobaciones necesarias para realizar cambio de uso, interponiendo los pertinentes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con la finalidad de evitar posibles limitaciones por parte de la Comunidad de Propietarios, se realizará un estudio previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de verificar que se permite realizar el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se asistirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en el asunto para explicar las características del proyecto y la inocua afectación en la configuración y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en coordinación con un profesional competente en la cuestión, que asumirá la labor de preparar los informes y análisis técnicos oportunos para realizar el cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Paso de local a vivienda LPH - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez han sido expuestas algunas de las peculiaridades y/o complejidades a las que se tiene que enfrentar un ciudadano o empresa que se plantee cambiar el uso de una propiedad de local a residencial, recomendamos que contacten con el bufete lo antes posible si lo que quieren es agilizar todo el proceso para cambiar el uso original de su propiedad, o necesitan un servicio de consultoría, así como amparo legal letrada por las negativas emitidas por parte del Ayuntamiento y que impiden seguir con el procedimiento.
De la misma forma, y debido a la naturaleza del cambio físico y legal que experimenta el local, el cambio tendrá que acudir al Registro de la Propiedad a través de la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de este tipo de procedimientos resultará muy útil para optimizar toda esta etapa final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de distintos regímenes jurídicos que afectan a viviendas servirá para dotar de un servicio de consultoría más personalizado, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al saber cuál es su régimen y el alcance de calificación, y después de estudiar el asunto, podremos adaptar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de propiedad con un régimen más complejo.
Como hemos indicado, el mejor momento para ir al despacho será cuando la persona se proponga proceder con el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se mostrará todos los pasos por recorrer y se recibirá consultoría especializada en cada una de las etapas del proceso para el cambio de uso, encontrando la solución óptima si hay que tomar diferentes decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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