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De local a vivienda requisitos - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social precisa de ideas innovadoras para atender una de las necesidades más elementales de todas, que es el derecho de la vivienda.
Por tanto, y teniendo en cuenta el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco habitual que nuevos propietarios adquieran inmuebles cuyo uso original era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De esta manera se extiende una nueva manera de acceso a vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de condición técnica como judicial.
Como hemos comentado, llevar a cabo el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a los requerimientos de una casa no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico del inmueble, siendo obligatorio cumplir con determinadas dimensiones, situación con respecto a la acera de cada una de las estancias que componen la casa, exigencia de cocina y de instalación de evacuación de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en con respecto a la prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las condiciones técnicas o físicas que debe cumplir el inmueble se le sumarán las legales, de modo que se tiene que cumplir con lo establecido por la normativa administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En virtud de ello, debe tenerse presente que el cambio de uso terciario a residencial exigirá la obtención de la obligatoria licencia de obra solicitada mediante el proceso ordinario común. Para ello, hay que presentar un proyecto realizado por un perito experto en este tipo de cuestiones, y que habrá de contener aquellas obras a acometer que se ajustan al Código de Edificación. Sin embargo, y con carácter previo, es recomendable conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso permitirá asegurar que el nuevo uso que tendrá el suelo no proscribe con lo reflejado por la normativa urbanística. De la misma manera, conviene obtener un informe de viabilidad previo realizado por un técnico competente, que permitirá reconocer si el cambio de uso es viable, aunque también puede que lo confeccione el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero muy recomendable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe infringir lo estipulado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o estructura del bloque en el que se encuentra, primando mayormente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada recogido constitucionalmente. Sin embargo, cuando se se ven alterados elementos comunes deberá tener la aprobación de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
De local a vivienda requisitos - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la tramitación a realizar en el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el procedimiento para la concesión del permiso y, además, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración establezca para la obtención de las aprobaciones oportunas para proceder al cambio de uso, pautando los pertinentes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma manera, y con la finalidad de evitar potenciales trabas por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un análisis previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de verificar que se permite llevar a cabo el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se asistirá a la Junta de Vecinos acompañado del técnico competente en el asunto para explicar la realidad del proyecto y la no afectación en la estructura y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en colaboración con un técnico experto en la materia, que se responsabilizará de realizar los documentos y proyectos técnicos necesarios para llevar a cabo el cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

De local a vivienda requisitos - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez han sido expuestas algunas de las particularidades y/o dificultades a las que se debe enfrentar un ciudadano o empresario que quiera cambiar el uso de una propiedad de local a residencial, aconsejamos que recurran al bufete cuanto antes si lo que quieren es optimizar todo el proceso para cambiar el uso asignado al su inmueble, o quieren asesoramiento, así como asistencia letrada letrada por las negativas emitidas por parte del Ayuntamiento y que dificultan seguir con el proceso.
De la misma manera, y debido a la entidad del cambio físico y legal que sufre el inmueble, el cambio deberá acudir al Registro de la Propiedad mediante la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de este tipo de procedimientos resultará muy útil para agilizar toda esta etapa final.
Además, la especialización y conocimiento de diferentes regímenes jurídicos que atañen a viviendas permitirá dotar de un asesoramiento más específico, ajustado, por ejemplo, a VPO. Al saber cuál es su naturaleza y la extensión de calificación, y después de estudiar el asunto, será más sencillo adaptar el proceso de cambio de uso a las necesidades de esta clase de propiedad con un régimen más complicado.
Como hemos explicado, el mejor momento para ir al despacho será cuando la persona se proponga tramitar el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se mostrará todos los pasos por recorrer y se recibirá consultoría experta en cada una de las fases del proceso para el cambio de uso, encontrando la solución más adecuada si hay que tomar distintas decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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