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Convertir un local en vivienda - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social requiere de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho de la vivienda.
Con lo cual, y considerando el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que nuevos propietarios adquieran inmuebles cuyo fin original era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
De este modo se desarrolla una nueva forma de disfrutar de una vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de índole técnica como judicial.
Como hemos dicho, realizar el cambio de uso de un local en el que se ha desarrollado un negocio para adaptarlo a las necesidades de una casa no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, siendo obligatorio cumplir con ciertas dimensiones, situación en relacióna la acera de cada una de las habitaciones que componen la vivienda, exigencia de cocina y de instalación de evacuación de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y protección en lo relacionado con la prevención de incendios, entre otras peticiones.

A las obligaciones técnicas o físicas que tiene que cumplir la vivienda se le añadirán las jurídicas, de modo que se debe cumplir con lo especificado por la legislación administrativa en cuestión urbanística y control sobre usos del suelo. En virtud de ello, tiene que tenerse presente que el cambio de uso terciario a vivienda precisará de la obtención de una preceptiva licencia de obra solicitada mediante el procedimiento ordinario habitual. Para ello, se tendrá que adjuntar un proyecto preparado por un perito experto en la materia, y que habrá de incluir aquellas obras a realizar que se ajustan al Código de Edificación. Sin embargo, y con anterioridad, es recomendable obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, tramitado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso servirá para asegurar que el nuevo uso que tendrá el suelo no interfiere con lo estipulado por la legislación urbanística. De la misma manera, es aconsejable obtener un estudio de viabilidad previo preparado por un perito competente, que permitirá valorar si el cambio de uso es posible, aunque también es posible que lo prepare el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero muy aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no tiene que infringir lo establecido por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o configuración del edificio en el que se ubica, priorizando principalmente la posibilidad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada recogido en la Constitución. Sin embargo, cuando se se ven alterados elementos comunes es obligatorio contar con el consentimiento de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Convertir un local en vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado especializado conoce toda la tramitación que hay que realizar ante el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el procedimiento para la concesión de la licencia y, además, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración establezca para la concesión de las autorizaciones necesarias para proceder al cambio de uso, interponiendo los pertinentes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con la finalidad de evitar posibles limitaciones por parte de la Comunidad de Vecinos, se realizará un análisis previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de comprobar que se permite llevar a cabo el cambio de uso. Del mismo modo, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Propietarios acompañado del técnico experto en el tema para mostrar la realidad del proyecto y la no alteración en la configuración y seguridad del edificio y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en colaboración con un profesional experto en el asunto, que se responsabilizará de preparar los informes y análisis técnicos necesarios para proceder al cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Convertir un local en vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez han sido expuestas algunas de las peculiaridades y/o dificultades a las que se debe enfrentar un ciudadano o empresario que proceda a cambiar el uso de una propiedad de terciario a vivienda, recomendamos que recurran al despacho lo antes posible si lo que buscan es optimizar todo el proceso para cambiar el uso asignado al su propiedad, o necesitan asesoramiento, así como amparo legal letrada por las denegaciones notificadas por parte del Ayuntamiento y que son un lastre para seguir con el proceso.
De la misma manera, y dada la naturaleza del cambio físico y legal que sufre la propiedad, la modificación tendrá que acceder al Registro de la Propiedad mediante la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra experiencia en la gestión de esta clase de procedimientos resultará muy útil para agilizar toda esta fase final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de distintos regímenes jurídicos que atañen a viviendas permitirá dotar de un servicio de consultoría más específico, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al conocer su régimen y el alcance de calificación, y tras evaluar la cuestión, podremos ajustar el procedimiento de cambio de uso a las necesidades de este tipo de propiedad con un régimen más complejo.
Como hemos indicado, el mejor momento para ir al bufete será cuando la persona se proponga proceder con el cambio de uso de un local, momento en el que se mostrará todo el camino por recorrer y se recibirá asistencia especializada en cada una de las fases del procedimiento para el cambio de uso, buscando la solución más adecuada en caso de tener que tomar diferentes determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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