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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación define como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Así, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos todos los tipos de contratos que es posible confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas en torno al uso o propiedad de una propiedad es esencial, y de esta forma lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando detallada y concienzudamente cada clase de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede adecuadamente establecido cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, gozar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos plasmar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué quiere el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para identificar la finca, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que esté libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la posibilidad de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a dejar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben intervenir, modo de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, tendrá lugar la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos proporciona numerosas posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento apropiado para recurrir a profesional normalmente es el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, limitaciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que ejercemos los expertos en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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