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Contratos de arrendamiento de vivienda - VMS Abogados
Los contratos de arrendamiento son aquellos en los que una de las partes de la relación jurídica, el arrendador, queda obligado a traspasar la utilización del inmueble a la otra parte, el inquilino, que adquirirá el derecho de utilizar la cosa a cambio de una prestación. En el presente artículo nos centraremos en desarrollar los alquileres de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para legislar esta habitual actividad jurídica se promulgó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que se aplica a los arrendamientos de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos diferentes de vivienda, como un local comercial. Los alquileres que se reflejan en esta Ley quedarán sujetos a lo dispuesto en la misma, aunque se acatarán los acuerdos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de forma general, tienen que contemplar, entre otras cosas, las obligaciones: el propietario estará obligado a traspasar la cosa objeto del contrato (en este caso, la vivienda) al inquilino, a hacer en el objeto de arrendamiento todas las restauraciones necesarias para que sirva para el uso a que ha sido dedicada y a mantener al arrendatario en el disfrute pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
A cambio, el arrendatario estará obligado, frecuente, a abonar el coste del alquiler en los términos establecidos y a utilizar la cosa arrendada de buena manera, destinándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que reflejar: el bien sobre el que recae el alquiler, el plazo de duración, la renta establecida, las maneras de prorrogar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las opciones de cesión y subarriendo, las formas de suspender, resolver y extinguir el contrato; también pueden reflejar en caso de problema, los Tribunales a los que quedarán sujetas los participantes para solucionar las disputas que puedan surgir del cumplimiento o violación del contrato de alquiler, así como también podrán optar por someterse a la mediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, dado que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario nos ocupamos de estos asuntos de forma frecuente.
A continuación, os explicaremos cómo desarrollamos nuestras funciones y nuestra actuación en todo lo lo que tenga que ver con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos de arrendamiento de vivienda - Características de nuestro servicio
Principalmente, el abogado experto en contratos de arrendamiento debe haber tenido una formación específica en todo lo relativo a los alquileres urbanos, ya sean estos para uso residencial, cuya dedicación principal tiene que ser satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario, o sean alquileres previstos para uso diferente del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre edificaciones que tengan como destino principal uno diferente del previsto para vivienda.
En cuanto a las labores que llevamos a cabo, suelen coincidir con algunas de las que ya os hemos explicado en otros de nuestros artículos, pero con las especialidades propias de los arrendamientos:
- Recopilación y análisis de la documentación relativa al bien que se quiere arrendar, por ejemplo, conseguir la información que aparece en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la posesión del arrendador sobre el inmueble, saber las deudas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de arrendamientos, así como aconsejar a los clientes en el procedimiento para minimizar los peligros de conflictos en el futuro.
- Velar por los intereses de la parte contratante de nuestros servicios. Si es arrendador, tenemos que llevar la representación jurídica del cliente si hay que solicitar el desahucio de la casa por impago de rentas o por incumplimiento de las obligaciones incluidas en el contrato, entre otras. De este modo, si el cliente es el arrandatario, le representaremos si quiere enervar las cantidades exigidas judicialmente, de requerir al arrendador para suma sus obligaciones de preservación y mantenimiento del inmueble, etc.

Contratos de arrendamiento de vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El por qué recurrir a un abogado especialista en contratos de alquiler parece evidente: para garantizar al máximo nuestros intereses y poder gozar de la seguridad que otorga tener a un especialista que esté defendiendo nuestros intereses.
Tanto si eres inquilino como propietario tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que conciernen a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se incumplen las estipulaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza del destino de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo apropiado para recurrir a un abogado experto en arrendamientos siempre recomendamos que es el momento previo a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos supeditamos a lo que en él se contemple.
Sin embargo, es habitual en nuestra profesión que los clientes vengan cuando ya tienen un problema contractual sobre el alquiler acordado, por lo que también estamos acostumbrados a defender sus intereses cuando los incumplimientos de la otra parte ya han ocurrido, por lo que la labor del abogado será tratar de evitar un procedimiento judicial e intentar resolver el problema de forma extrajudicial, siempre que consideremos que es la solución más adecuada para las dificultades del cliente, además de ser la más económica habitualmente.
Esperamos que este artículo os haya aproximado un poco más a la fórmula de los alquileres, que pueda haber ayudado a resolver los problemas que surjan al menos de forma inicial, y como siempre comentamos, podéis consultarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios