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Contratos de alquiler de casa - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos en los que uno de los participantes de la relación jurídica, el propietario, se obliga a transferir el uso de la vivienda al otro participante, el inquilino, que obtendrá el derecho de utilizar el bien a cambio de una renta. En el presente artículo nos centraremos en describir los arrendamiento de fincas, y en especial, de las fincas urbanas.
Para organizar esta habitual actividad jurídica se creó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los arrendamientos de fincas urbanas que se dediquen a vivienda o a usos distintos de vivienda, como un local comercial. Los arrendamientos que se reflejan en esta normativa quedarán sujetos a lo contemplado en ella, aunque se tomarán en consideración los pactos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de forma general, deben contemplar, entre otras cuestiones, las obligaciones: el arrendador estará obligado a entregar el bien objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al arrendatario, a efectuar en el bien de arrendamiento todas las restauraciones oportunas para que sirva para la utilización a que ha sido dedicada y a mantener al inquilino en el disfrute pacífico del arrendamiento por toda la duración del contrato.
Como contraprestación, el inquilino quedará obligado, frecuente, a pagar el coste del arrendamiento en los términos pactados y a usar la cosa alquilada de buena manera, dedicándola al uso acordado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que incluir: el inmueble sobre el que recae el alquiler, el tiempo de duración, la renta establecida, las maneras de prolongar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las opciones de cesión y subarriendo, las maneras de suspender, rescindir y extinguir el contrato; también pueden recoger si se produjera algún conflicto, los Juzgados a los que quedarán sujetas las partes para solucionar las controversias que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de arrendamiento, así como también podrán decantarse por supeditarse a la intermediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy amplia, dado que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario nos ocupamos de estos asuntos de manera habitual.
A continuación, sobre en qué consisten nuestras funciones y nuestra intervención en todo lo relacionado con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos de alquiler de casa - Características de nuestro servicio
En primer lugar, el abogado especialista en contratos de arrendamiento tiene que haber recibido una formación concreta en todo lo relativo a los alquileres urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuyo destino primordial tiene que ser cubrir la necesidad estable de vivienda del arrendatario, o sean alquileres pensados para uso distinto del de vivienda, que son aquellos que recaen sobre edificaciones que tengan como destino primordial uno distinto del pensado para vivienda.
En cuanto a las funciones que realizamos, suelen coincidir con algunas de las que ya os hemos comentado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recolección y estudio de la documentación relativa al bien que se quiere alquilar, por ejemplo, obtener la información que consta en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, asegurarnos de la titularidad del arrendador sobre el inmueble, saber las cargas que sobre él pesan, etc.
- Confeccionar los contratos de arrendamientos, así como orientar a los clientes en el proceso para minimizar los peligros de conflictos en el futuro.
- Velar por los derechos de la parte que contrate nuestros servicios. En caso de ser propietario, tenemos que asumir la representación jurídica del cliente en caso de tener que pedir el desahucio del inmueble por de la falta de pago de rentas o por incumplimiento de las responsabilidades reflejadas en el contrato, por ejemplo. De esta forma, si el cliente es el inquilino, le representaremos si decide enervar las cuantías reclamadas judicialmente, de requerir al arrendador para que cumpla con sus deberes de conservación y mantenimiento de la cosa, etc.

Contratos de alquiler de casa - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo para recurrir a un abogado especialista en contratos de alquiler parece obvio: para garantizar en todo lo posible nuestros intereses y poder disfrutar de la tranquilidad que otorga tener a un especialista que esté velando por nuestros intereses.
Tanto si eres arrendatario como propietario debes garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se incumplen las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza del destino de la finca que va a ser alquilada.
El tiempo adecuado para contratar a un abogado especialista en arrendamientos siempre aconsejamos que es el momento previo a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos supeditamos a lo que en el mismo se refleje.
Sin embargo, es frecuente en nuestro trabajo que los clientes vengan cuando ya tienen un problema contractual sobre el alquiler establecido, por lo que también estamos habituados a preservar sus intereses cuando los incumplimientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el rol del abogado se traducirá en intentar evitar un procedimiento judicial e intentar solucionar el problema de manera amistosa, siempre que creamos que es la vía más adecuada para las dificultades del cliente, además de ser la más barata normalmente.
Esperamos que este artículo os haya aproximado un poco más a la figura de los arrendamientos, que pueda haber contribuido resolver las cuestiones que surjan al menos de forma inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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