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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En España, Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda separarse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos todas las modalidades de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales deriva de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y explotación de la propiedad a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes legales concebidas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad resulta fundamental, y de esta forma lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente establecido cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos incluir en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar la cuestión. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, esto es, tenemos que preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación necesaria: información registral para identificar la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Una vez que disponemos de toda la documentación necesaria, procederemos a reflejar por escrito los requisitos de la adquisición: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para entregar las Escrituras, partes que tienen que participar, modo de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una casa, acometeremos la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la normativa no nos obliga a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos ofrece un amplio abanico de posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento idóneo para contactar con profesional normalmente es el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento adecuado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, limitaciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la principal función que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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