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Contrato privado compraventa inmueble - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también permite, en base a su art. 1.446, que el importe de la venta consista en entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que establece que sea cierto, es decir, que quede totalmente demarcado y recogido en el documento, exigiendo para ello que el valor sea pactado, no pudiéndose consignar de forma unilateral por ninguna de las partes actuantes.
Así pues, un elemento clave del contrato de compraventa es la perfección de la venta entre comprador y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya acordado en el objeto del contrato y en el precio, aunque no se hayan entregado.
Actualmente, hay numerosos contratos que tienen relación con la concesión de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contrato privado compraventa inmueble - Características de nuestro servicio
En lo que respecta a a las actividades que realiza un abogado especialista en contratos de compraventa suscritos sobre viviendas, vamos a tratar de de resumirlas, ya que son amplias y, en la mayoría de los casos, complejas:
- Primeramente, se tiene que conseguir información registral de la vivienda, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se sitúe el inmueble que nos informe en qué situación se encuentra la propiedad: exenta de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Es casi práctica indispensable antes de empezar a concretar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se contemplen cláusulas acordadas entre vendedor y adquiriente, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las disparidades entre ellos.
- Tiene que cerciorarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y transmitir al cliente qué tipo de gastos le va a suponer, excluyéndose de estos, obviamente, el propio coste de la propiedad. Una de las funciones desempeñadas por los abogados se fundamenta también en confeccionar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados especialistas también nos ocupamos de negociar como representantes de nuestros clientes, y conseguir, en muchas ocasiones, que se respeten los fines determinados en cuanto a conseguir el precio deseado a cambio de la vivienda cuando queremos vender o conseguir una reducción en el mismo cuando deseamos comprar.
- Además, entre otras cuestiones, también nos ocupamos de verificar si las partes están en condiciones para realizar la enajenación o transmisión de la vivienda, puesto que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que el Código Civil otorga capacidad para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros visitantes no lo lo conoce, no impone la Ley a formalizar los contratos de compraventa en un notario, aunque evidentemente, es totalmente recomendable. Es decir, Pedro puede vender a Javier su vivienda mediante un contrato formalizado entre ellos, sin necesidad de acudir al Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede brindar protección frente a terceras personas, que siempre es recomendable para prevenir perjuicios en un futuro.
Contrato privado compraventa inmueble - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra labor, sabemos que los problemas jurídicos que pueden afectar al patrimonio de las personas surgen por el más pequeño contratiempo inesperado, y es por ello por lo que en materias tan complejas e importantes económicamente como en situación de compraventa de viviendas, y por la importancia que pueden tener en nuestro capital, aconsejamos acudir a un especialista una vez hemos decidido y adoptado la decisión de adquirir una casa.
Es verdad que podemos posponer el momento de recurrir a un abogado cuando tenemos escogida la casa: en ese momento, tendríamos que empezar a tramitar toda la documentación que hemos comentado en nuestro anterior epígrafe y que el abogado nos asesore y guíe sobre los pasos a completar: recopilación de información registral, negociación para el intercambio de opiniones acerca del precio, formalización de un contrato o bien de opción de compra (en el caso de que tengamos la intención de suscribir un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de arras.
No obstante, y pese a nuestras recomendaciones, suele ser frecuente en nuestra profesión que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel legal, por lo que estamos totalmente habituados a trabajar en circunstancias en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras publicaciones, siempre es mejor prevenir que curar.
Confiamos que el presente post os ayude a entender en qué se basan los contratos de alquiler sobre vivienda y cuáles son las labores que desempeña un abogado, pero si tenéis cualquier tipo de duda, como siempre decimos, no dudéis en contactarnos.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.