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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin romperse o deteriorarse.
Por tanto, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible confeccionar y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su mero uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para satisfacer deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la tierra a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas creadas alrededor del disfrute o propiedad de una propiedad es de vital importancia, y así lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y cuidadosamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente reflejado cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Así, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué precisa el cliente, nos dedicamos a enfocar el caso. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos redactar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la finca, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando disponemos de toda la documentación requerida, procederemos a dejar por escrito los requisitos de la adquisición: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para entregar las Escrituras, partes que tienen que participar, modo de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la Ley no nos obliga a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos proporciona multitud de posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento óptimo para contactar con profesional es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento apropiado para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si pueden existir situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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