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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no se pueda separar sin quebrantarse o estropearse.
Por eso, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, comprendamos todos los tipos de contratos que es posible confeccionar y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas concebidas alrededor del disfrute o propiedad de un bien es de vital importancia, y de este modo lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y concienzudamente cada estilo de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente establecido cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Por tanto, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos incluir en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué quiere el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir una propiedad para usarla como residencia habitual, es decir, debemos redactar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté libre de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, procederemos a plasmar por escrito los requisitos de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben intervenir, forma de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga conforme a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la Ley no nos obliga a ello, recomendaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos ofrece numerosas posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento idóneo para contactar con profesional normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos cotidianos como buscar una casa que se ajuste a nuestras necesidades.
Hablamos del momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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