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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la tipología de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que normalice las situaciones legales creadas en torno al uso o propiedad de una propiedad resulta de vital importancia, y así lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando detallada y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos recoger en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué quiere el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la posibilidad de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a reflejar por escrito las condiciones de la adquisición: valor económico, modo y forma de pagar, plazo para conceder las Escrituras, partes que tienen que participar, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, se celebrará la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga en función de los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la normativa no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona un amplio abanico de opciones en lo que respecta a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la función que necesitemos obtener del inmueble.
El momento óptimo para contactar con un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestras necesidades.
Hablamos del momento adecuado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera función que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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