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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la tipología de contratos que podemos confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para sufragar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas alrededor del uso o propiedad de un bien es fundamental, y de esta manera lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede adecuadamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos recoger en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: datos registrales para describir la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que esté exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la opción de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, pasaremos a dejar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para entregar las Escrituras, partes que deben participar, forma de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la normativa no nos obliga a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos ofrece un amplio abanico de opciones en lo que respecta a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento adecuado para contactar con profesional es siempre el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a simples actos cotidianos como buscar una casa que se ajuste a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento adecuado para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, limitaciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos asesoraros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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