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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa describe como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o estropearse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, conozcamos toda la tipología de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Por tanto, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones jurídicas concebidas alrededor del disfrute o propiedad de una propiedad es imprescindible, y de esta forma lo gestionamos en nuestro Bufete, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada clase de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y cómo lo podemos incluir en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), conocer si sobre ella existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, nos planteamos la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, procederemos a reflejar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y mecanismo de pago, plazo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben intervenir, forma de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación actual no nos obliga a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos proporciona numerosas posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento adecuado para contactar con profesional es siempre el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar un inmueble que se ajuste a nuestras necesidades.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que ejercemos los expertos en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si puede haber situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para valorar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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