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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o estropearse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos todos los tipos de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para afrontar deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y explotación de la propiedad a cambio del pago de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las situaciones jurídicas concebidas en torno al uso o propiedad de una propiedad es fundamental, y de esta forma lo tratamos en nuestro Bufete, elaborando minuciosa y cuidadosamente cada estilo de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente contemplado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, disfrutar, etc.
Así, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué forma lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la propiedad, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté libre de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma existen cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a reflejar por escrito las condiciones de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben intervenir, modo de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una casa, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la legislación vigente no nos obliga a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al principio, la legislación actual nos ofrece múltiples posibilidades en lo que respecta a las modalidades de contrato y las actividades que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento apropiado para contactar con un abogado es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no refiriéndonos con ello a meros actos rutinarios como buscar una casa que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento idóneo para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que hacemos los especialistas en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos guiaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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