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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa define como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Con lo cual, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la clase de contratos que es posible confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio uso sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para satisfacer deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se otorga el dominio y explotación de la propiedad a cambio del abono de una renta anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes legales concebidas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad resulta de vital importancia, y de esta manera lo tratamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede adecuadamente contemplado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y cómo lo podemos reflejar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el tema. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: datos registrales para identificar la finca, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación requerida, procederemos a recoger por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, partes que deben participar, forma de dirimir todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se producirá la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos ofrece un amplio abanico de posibilidades en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento óptimo para contactar con un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a meros actos rutinarios como buscar un inmueble que se adapte a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento idóneo para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), divisiones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que realizamos los expertos en Contratos, y se debe a que en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para valorar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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