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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté unido o sujeto de manera fija, que no pueda separarse sin romperse o deteriorarse.
Así, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin tener que ostentar la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrícola, un pacto por el que se otorga el dominio y usufructo de la tierra a cambio del abono de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales nacidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las situaciones legales creadas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad resulta imprescindible, y de este modo lo gestionamos en nuestro Bufete, confeccionando minuciosa y cuidadosamente cada modalidad de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos dedicamos a redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente reflejado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, gozar, etc.
Así, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué manera lo podemos incluir en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir un inmueble para darle un uso de residencia habitual, es decir, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para describir la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Una vez que disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a plasmar por escrito los requisitos de la compra: valor económico, modo y forma de pagar, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, personas que tienen que intervenir, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará cargo si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga según los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona un amplio abanico de posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir de la propiedad.
El momento adecuado para recurrir a un abogado es siempre el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una relevancia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a simples actos cotidianos como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento apropiado para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, limitaciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier tipología de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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