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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa recoge como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin romperse o deteriorarse.
Así, si bien la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que podemos constituir y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Cabe destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin llegar a ostentar la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para cubrir deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas mediante contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas en torno al disfrute o propiedad de un bien resulta imprescindible, y así lo gestionamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y concienzudamente cada clase de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede perfectamente establecido cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por tanto, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos reflejar en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Pongamos por caso que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para identificar la finca, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre exenta de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la posibilidad de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a recoger por escrito los requisitos de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para hacer entrega de las Escrituras, personas que tienen que intervenir, modo de solucionar todas las incidencias que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Después, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, se celebrará la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice en base a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación vigente no nos obliga a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona un amplio abanico de opciones en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos obtener del inmueble.
El momento apropiado para contactar con un abogado es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a meros actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento idóneo para contactar a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera función que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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