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Contrato de compraventa de vivienda - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, en base a su art. 1.446, que el importe de la compraventa sea la entrega de una cosa diferente al dinero, pero sí que fija que sea veraz, esto es, que quede perfectamente demarcado y recogido en el contrato, siendo necesario para ello que el precio sea acordado, no pudiéndose obligar de forma unilateral por ninguna de las partes actuantes.
Así pues, un elemento clave del contrato de compraventa es el perfeccionamiento de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en el objeto del contrato y en el importe, aunque no se hayan entregado.
Actualmente, hay múltiples contratos que guardan relación con el otorgamiento de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el propio contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contrato de compraventa de vivienda - Características de nuestro servicio
En cuanto a las labores que desempeña un abogado especialista en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, trataremos de resumirlas, dado que son amplias y, en la mayor parte de los casos, complejas:
- En primer lugar, se debe obtener información registral de la propiedad, es decir, pedir al Registro de la Propiedad donde se sitúe el inmueble que nos informe en qué situación se encuentra el inmueble: exenta de cargas, hipotecado, gravado con algún inmueble, quién es el titular, etc.
- Resulta casi tarea obligada antes de empezar a concretar un contrato de compraventa formalizar un “precontrato” en el que se reflejen cláusulas acordadas entre vendedor y adquiriente, podemos denominarlo contrato de señal o de entrega de arras, salvando las diferencias entre ellos.
- Debe cerciorarse el abogado experto en contratos de compraventa sobre viviendas de conocer y asesorar al cliente qué clase de gastos le va a conllevar, excluyéndose de estos, obviamente, el propio coste de la vivienda. Una de las labores llevadas a cabo por los abogados reside también en confeccionar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos ocupamos de llegar a acuerdos en nombre de nuestros clientes, y lograr, en multitud de ocasiones, que se respeten los objetivos determinados en lo que respecta a obtener el valor buscado a cambio de la vivienda cuando queramos vender u obtener una reducción en el mismo cuando queramos comprar.
- Asímismo, entre otras cuestiones, también nos ocupamos de comprobar si las partes se encuentran en condiciones para llevar a cabo la enajenación o transferencia de la propiedad, puesto que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que la normativa vigente concede capacidad para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no obliga la legilsación actual a oficializar los contratos de compraventa en un notario, aunque lógicamente, resulta muy recomendable. Es decir, Antonio puede vender a Manuel su casa a través de un contrato formalizado entre ellos, sin que haga falta pasar por el Notario y por supuesto, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que esto nos puede dar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para prevenir inconvenientes en un futuro.
Contrato de compraventa de vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Dada nuestra profesión, sabemos que los problemas jurídicos que pueden perjudicar al patrimonio de las personas sobrevienen por el más mínimo contratiempo inesperado, y es por ello por lo que en materias tan complejas y relevantes económicamente como en situación de compraventa de viviendas, y por la importancia que pueden tener en nuestro patrimonio, aconsejamos recurrir a un especialista una vez hemos decidido y tomado la decisión de comprar una casa.
Es verdad que tenemos la posibilidad de posponer el momento de acudir a un abogado cuando tengamos elegida la vivienda: en ese momento, tendríamos que empezar a gestionar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior apartado y que el abogado nos asesore y guíe sobre las pautas a completar: recopilación de datos registrales, acuerdo para el intercambio de opiniones acerca del precio, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que vayamos a suscribir un arrendamiento, por ejemplo) o contrato de arras.
Sin embargo, y pese a nuestros asesoramiento, suele ser habitual en nuestro trabajo que nuestros clientes recurran a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel legal, por lo que estamos completamente habituados a trabajar en situaciones en las que el tiempo apremia y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos recomendado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que lamentar.
Confiamos que este post os ayude a entender en qué se basan los contratos de alquiler sobre vivienda y cuáles son las actividades que desempeña un abogado, pero si tenéis cualquier clase de duda, como siempre indicamos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.