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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de forma fija, que no pueda dividirse sin romperse o deteriorarse.
Por eso, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, conozcamos todas las modalidades de contratos que podemos constituir y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales procede de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para satisfacer deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que normalicen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es fundamental saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de tipo agrario, un acuerdo por el que se entrega el dominio y explotación de la tierra a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes jurídicas creadas en torno al disfrute o propiedad de un bien es esencial, y de esta forma lo tratamos en nuestro Bufete, confeccionando minuciosa y concienzudamente cada clase de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente reflejado cuál es el fin para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué busca el cliente y de qué forma lo podemos recoger en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Cuando sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el caso. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar una propiedad para usarla como residencia habitual, es decir, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación que sea preciso: información registral para describir la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre libre de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de conceder un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación requerida, procederemos a plasmar por escrito los requisitos de la compra: precio, modo y forma de pagar, tiempo para entregar las Escrituras, personas que tienen que intervenir, forma de solucionar todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si aparecen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga en base a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la legislación vigente no nos fuerza a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos proporciona numerosas posibilidades en cuanto a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento óptimo para recurrir a un abogado es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento apropiado para contactar a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos empezar a analizar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener anotaciones de embargo, limitaciones en el disfrute de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la primera labor que realizamos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de detectar si puede haber situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para estudiar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y dado que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos asesoraros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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