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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación recoge como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de forma fija, que no pueda separarse sin quebrantarse o deteriorarse.
Con lo cual, si bien la mayor parte de las personas entienden como bien inmueble una casa o una finca, es importante que tengamos en cuenta la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la tipología de contratos que es posible confeccionar y la gran cantidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que destacar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales proviene de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero disfrute sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para satisfacer deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que regulen el estado del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un acuerdo por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes nacidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones jurídicas creadas alrededor del uso o propiedad de un bien resulta imprescindible, y de este modo lo tratamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y concienzudamente cada estilo de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede perfectamente contemplado cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, gozar, etc.
Por este motivo, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos plasmar en un documento que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué precisa el cliente, nos encargamos de enfocar el tema. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos confeccionar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación que sea preciso: información registral para identificar la propiedad, saber cuál es su situación posesoria (por ejemplo, que se encuentre libre de arrendatarios u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la posibilidad de conceder un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a reflejar por escrito los requisitos de la adquisición: valor económico, modo y forma de pagar, plazo para conceder las Escrituras, personas que deben participar, forma de dirimir todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen desperfectos con el transcurso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y siguiendo con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, acometeremos la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga en base a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y pese a que la legislación vigente no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece un amplio abanico de opciones en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo que tengan que ver con un bien inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos obtener del inmueble.
El momento adecuado para contactar con profesional es siempre el mismo: previamente a hacer nada que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a meros actos cotidianos como buscar una casa que se ajuste a nuestras necesidades.
Nos referimos al momento conveniente para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para estudiar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y puesto que todos conocemos la relevancia para nuestro patrimonio legal y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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