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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra legislación incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre junto o sujeto de manera fija, que no pueda dividirse sin quebrantarse o estropearse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, a su vez, conozcamos todas las modalidades de contratos que podemos confeccionar y la inmensidad de derechos y obligaciones de los que podemos disfrutar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, ya que reales viene del vocablo latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy diversos: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como garantía para cubrir deudas (hipoteca), además de confeccionar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre varias personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y explotación de la tierra a cambio del abono de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años constituyendo, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La posesión de un contrato que regule las situaciones jurídicas creadas en torno al uso o propiedad de un bien resulta de vital importancia, y de esta forma lo gestionamos en nuestro Bufete, elaborando detallada y cuidadosamente cada clase de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, administrar, explotar, gozar, etc.
Con lo cual, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué forma lo podemos recoger en un contrato que se va a convertir en nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar la cuestión. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, es decir, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación necesaria: información registral para describir la propiedad, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre la misma existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la opción de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Cuando disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a plasmar por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y forma de pagar, plazo para conceder las Escrituras, personas que tienen que intervenir, modo de dirimir todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Tribunales o ante una figura arbitral), quién se responsabilizará si aparecen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una vivienda, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice en función de los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la legislación vigente no nos obliga a ello, recomendaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona numerosas opciones en lo que respecta a los tipos de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento apropiado para contactar con un abogado es siempre el mismo: antes de hacer nada que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Nos referimos al momento idóneo para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a estudiar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que ejercemos los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si puede haber situaciones complicadas y transmitirlo a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta forma, y como decidimos habitualmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos sabemos la relevancia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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