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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil describe como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En definitiva, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de manera fija, que no se pueda separar sin quebrantarse o estropearse.
Por tanto, aunque es cierto que la mayor parte de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es apropiado que tengamos en cuenta la inmensidad de bienes inmuebles que existen para que, al mismo tiempo, comprendamos toda la tipología de contratos que es posible constituir y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, puesto que reales viene de la palabra latina res – rei, que quiere decir “cosas”. Así, los derechos reales son aquellos que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio uso sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso utilizarlos como aval para cubrir deudas (hipoteca), así como realizar contratos que regulen la situación del inmueble cuando su propiedad es compartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que se conoce como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrario, un pacto por el que se otorga el dominio y explotación de la tierra a cambio del abono de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, cambiando, suprimiendo y normalizando todo tipo de relaciones jurídicas surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las situaciones jurídicas concebidas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad es imprescindible, y de esta forma lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando detallada y concienzudamente cada clase de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social e inapelable de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos ocupamos de confeccionar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en ellos, quede adecuadamente establecido cuál es el objeto para el que se suscribe el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por tanto, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un documento que se va a convertir en nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué necesita el cliente, nos dedicamos a enfocar la cuestión. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar un inmueble para usarla como residencia habitual, es decir, debemos elaborar un Contrato de Compraventa.
Empezaremos por recoger toda la documentación necesaria: datos registrales para describir la propiedad, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), saber si sobre ella pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que asegure el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino conseguir la propiedad de la casa.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, pasaremos a dejar por escrito las condiciones de la compra: valor económico, modo y forma de pagar, tiempo para otorgar las Escrituras, partes que tienen que participar, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si surgen desperfectos con el paso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros seguidores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, se producirá la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se realice según los intereses de nuestro cliente.
Por último, y aunque la legislación actual no nos fuerza a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para proteger aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las posibilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, la legislación actual nos proporciona numerosas posibilidades en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es por esto mismo que el momento de contratar a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la función que necesitemos obtener del inmueble.
El momento adecuado para contactar con profesional es siempre el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con esto a meros actos rutinarios como buscar una casa que se ajuste a nuestras necesidades.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, restricciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), divisiones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la etapa de documentación los abogados ya somos capaces de identificar si pueden existir situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para decidir si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos sabemos la trascendencia para nuestro patrimonio legal y económico, os animamos a que nos consultéis para que podamos orientaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestra propiedad sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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