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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
Nuestro Código Civil define como bienes inmuebles las tierras, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al suelo, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra legislación define como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de manera fija, que no pueda dividirse sin quebrantarse o deteriorarse.
Por eso, aunque es cierto que la mayoría de las personas consideran como bien inmueble una casa o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, comprendamos toda la clase de contratos que es posible constituir y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos disfrutar. Cabe mencionar a modo de curiosidad que los beneficios que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales deriva de la palabra latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble podemos otorgar son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), relativos a su propio uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como aval para sufragar deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es indispensable saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de formar sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se otorga el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del abono de un canon anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos años creando, cambiando, extinguiendo y regulando todo tipo de relaciones legales nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y velando por los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que regule las vicisitudes legales creadas en torno al disfrute o propiedad de una propiedad resulta imprescindible, y de este modo lo tratamos en nuestro Despacho, elaborando minuciosa y concienzudamente cada estilo de contrato adaptando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de preparar contratos sobre bienes inmuebles contamos entre nuestras funciones la de que, en aquellos, quede adecuadamente contemplado cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Por este motivo, en primer lugar, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué modo lo podemos incluir en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestro deber.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos encargamos de enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos adquirir un inmueble para usarla como residencia habitual, esto es, debemos preparar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para identificar la finca, conocer su situación posesoria (por ejemplo, que esté exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Después, pensaremos en la posibilidad de otorgar un contrato previo (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el caso utilizado, no es otro sino conseguir la propiedad de la vivienda.

Cuando contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a reflejar por escrito los requisitos de la compra: valor económico, modo y mecanismo de pago, plazo para entregar las Escrituras, personas que tienen que participar, modo de dirimir todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará cargo si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Después, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, acudir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de comprar una vivienda, se celebrará la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se realice conforme a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación vigente no nos obliga a ello, aconsejaremos inscribir el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender a mayor nivel los intereses de nuestro cliente para reducir alm máximo las posibilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os comentábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece múltiples opciones en lo que respecta a las modalidades de contrato y las tareas que se pueden realizar que tengan que ver con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto atendiendo a la finalidad que necesitemos conseguir del inmueble.
El momento adecuado para contactar con un abogado normalmente es el mismo: antes de hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no refiriéndonos con esto a simples actos cotidianos como buscar un inmueble que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, obtenida toda la información, queremos comenzar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede contener datos de embargo, restricciones en el uso del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la principal función que ejercemos los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos detectar si pueden existir situaciones problemáticas y hacerlo saber a los clientes para determinar si compensa o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os animamos a que nos preguntéis para que podamos orientaros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os apoyemos para que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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