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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
En nuestro país, el Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, toda clase de construcciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa incluye como bien inmueble todo aquél que esté junto o sujeto de forma fija, que no pueda fraccionarse sin romperse o deteriorarse.
Con lo cual, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la gran variedad de bienes inmuebles que hay para que, a su vez, conozcamos toda la tipología de contratos que es posible confeccionar y la gran cantidad de derechos y obligaciones de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se tienen sobre los bienes, ya sean muebles o inmuebles, se denominan derechos reales, ya que reales deriva del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Así, los derechos reales son los que se ostentan sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy variados: relativos a su propiedad (compraventa), vinculados a su propio disfrute sin tener que poseer la propiedad (usufructo), relacionados con su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para afrontar deudas (hipoteca), además de realizar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre varias personas (condominio).
Es importante saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más adecuado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un acuerdo por el que se entrega el dominio y explotación de la propiedad a cambio del abono de una tasa anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años creando, modificando, suprimiendo y regulando todo tipo de relaciones jurídicas nacidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como protegiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos a raíz dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las vicisitudes jurídicas creadas alrededor del disfrute o propiedad de una propiedad es fundamental, y de esta manera lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando detallada y concienzudamente cada modalidad de contrato ajustando la realidad legal a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los profesionales que nos ocupamos de redactar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras tareas la de que, en aquellos, quede adecuadamente establecido cuál es el objeto para el que se realiza el contrato: enajenar, adquirir, gestionar, explotar, disfrutar, etc.
Con lo cual, primeramente, nos encontraremos con nuestra principal función: qué quiere el cliente y de qué manera lo podemos incluir en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué precisa el cliente, nos dedicamos a enfocar el asunto. Por ejemplo, imaginemos que necesitamos comprar una propiedad para darle un uso de residencia habitual, es decir, tenemos que confeccionar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recopilar toda la documentación necesaria: información registral para identificar la propiedad, conocer su estado posesorio (por ejemplo, que esté libre de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre ella pesan cargas y gravámenes (un préstamo hipotecario es un buen ejemplo), etc.
Luego, nos planteamos la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el objetivo de nuestro cliente, que, en el supuesto utilizado, no es otro sino obtener la propiedad de la casa.

Cuando disponemos de toda la documentación requerida, pasaremos a recoger por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y forma de pagar, plazo para hacer entrega de las Escrituras, personas que tienen que participar, modo de solucionar todas las incidencias que pueda ocasionar el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las resolveremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se hará responsable si aparecen vicios ocultos con el paso del tiempo.
Luego, aconsejamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos entiendan nuestros seguidores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en esta situación y continuando con nuestro ejemplo de comprar una casa, se producirá la firma en documento notarial, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para verificar que todo se haga conforme a los intereses de nuestro cliente.
Finalmente, y aunque la Ley no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para reducir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, pueda tener problemas.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al inicio, el ordenamiento jurídico nos ofrece múltiples opciones en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con un bien inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de contratar a un abogado especialista en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy variado según la función que necesitemos obtener de la propiedad.
El momento idóneo para recurrir a profesional normalmente es el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una trascendencia legal para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos cotidianos como buscar una casa que se adapte a nuestras necesidades.
Hablamos del momento apropiado para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos empezar a analizar los documentos. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir datos de embargo, limitaciones en el disfrute del inmueble (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si os acordáis, esta era la primera labor que llevamos a cabo los especialistas en Contratos, y se debe a que en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones complicadas y hacerlo saber a los clientes para determinar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que curar, y puesto que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos preguntéis para que podamos asesoraros sobre cualquier tipo de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin complicaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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