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Contratos sobre inmuebles - VMS Abogados
El Código Civil describe como bienes inmuebles las parcelas, los edificios, los caminos, todas las edificaciones adheridas al terreno, árboles, plantas, minas, cultivos… En resumen, nuestra normativa define como bien inmueble todo aquél que se encuentre unido o sujeto de manera fija, que no se pueda separar sin romperse o estropearse.
Por tanto, si bien la mayoría de las personas entienden como bien inmueble una vivienda o una finca, es importante que sepamos la inmensidad de bienes inmuebles que hay para que, al mismo tiempo, comprendamos todas las modalidades de contratos que es posible confeccionar y la inmensidad de derechos y deberes de los que podemos gozar. Hay que mencionar a modo de curiosidad que los derechos que se ostentan sobre las propiedades, ya sean muebles o inmuebles, se llaman derechos reales, puesto que reales deriva del vocablo latina res – rei, que significa “cosas”. Por tanto, los derechos reales son los que se poseen sobre las cosas.

Los contratos que sobre un bien inmueble pueden otorgarse son muy diversos: vinculados a su propiedad (compraventa), vinculados a su mero uso sin llegar a poseer la propiedad (usufructo), referentes a su situación posesoria (arrendamiento), incluso usarlos como garantía para cubrir deudas (hipoteca), así como confeccionar contratos que normalicen la situación del inmueble cuando su propiedad está repartida entre diversas personas (condominio).
Es esencial saber que los bienes inmuebles también pueden ser susceptibles de constituir sobre ellos lo que conocemos como enfiteusis, más apropiado para bienes inmuebles de carácter agrícola, un pacto por el que se entrega el dominio y usufructo de la propiedad a cambio del pago de un monto anual.
En VMS – Bufete Moreno de la Santa llevamos muchos años constituyendo, modificando, extinguiendo y normalizando todo tipo de relaciones legales surgidas a raíz de contratos suscritos sobre bienes inmuebles, así como defendiendo y representando los intereses y derechos de nuestros clientes surgidos en base a dichos contratos ante los Juzgados y Tribunales.
La existencia de un contrato que normalice las situaciones jurídicas creadas en torno al uso o propiedad de un bien es imprescindible, y así lo gestionamos en nuestro Despacho, confeccionando minuciosa y concienzudamente cada estilo de contrato ajustando la realidad jurídica a la realidad social y necesaria de nuestros clientes.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos sobre inmuebles.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Contratos sobre inmuebles - Características de nuestro servicio
Los abogados que nos dedicamos a preparar contratos sobre bienes inmuebles tenemos entre nuestras funciones la de que, en ellos, quede perfectamente contemplado cuál es el fin para el que se realiza el contrato: enajenar, comprar, gestionar, explotar, gozar, etc.
Por tanto, primeramente, nos encontraremos con nuestra labor principal: qué busca el cliente y de qué modo lo podemos plasmar en un contrato que va a ser nuestro derecho y nuestra obligación.
Una vez que sabemos qué busca el cliente, nos dedicamos a enfocar el caso. Pongamos por caso que necesitamos adquirir una propiedad para darle un uso de residencia habitual, esto es, tenemos que elaborar un Contrato de Compraventa.
Comenzaremos por recoger toda la documentación necesaria: datos registrales para identificar la finca, saber cuál es su estado posesorio (por ejemplo, que se encuentre exenta de inquilinos u ocupantes), conocer si sobre la misma existen cargas y gravámenes (una hipoteca es un buen ejemplo), etc.
Luego, pensaremos en la opción de otorgar un contrato preparatorio (por ejemplo, un contrato de arras) que garantice el deseo último de nuestro cliente, que, en el supuesto empleado, no es otro sino obtener la propiedad de la vivienda.

Una vez que contamos con toda la documentación necesaria, procederemos a plasmar por escrito las condiciones de la adquisición: precio, modo y mecanismo de pago, tiempo para hacer entrega de las Escrituras, personas que deben participar, modo de solucionar todas las cuestiones que pueda plantear el conflicto entre las partes (por ejemplo, si las solucionaremos ante los Juzgados o ante una figura arbitral), quién se encargará si surgen vicios ocultos con el transcurso del tiempo.
Luego, recomendamos a nuestro cliente Elevar a Escritura Pública (para que nos comprendan nuestros lectores, ir al Notario) el Contrato de que se trate, en este caso y continuando con nuestro ejemplo de adquirir una casa, tendrá lugar la firma en documento ante notario, acompañando a nuestro cliente a la Notaría para controlar que todo se haga conforme a los intereses de nuestro cliente.
Por último, y pese a que la legislación vigente no nos fuerza a ello, aconsejaremos registrar el Contrato en el Registro de la Propiedad para defender aún más los intereses de nuestro cliente para disminuir en todo lo posible las probabilidades de que, en el futuro, puedan surgir conflictos.
Contratos sobre inmuebles - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por lo que os contábamos al principio, el ordenamiento jurídico nos ofrece multitud de opciones en cuanto a los tipos de contrato y las tareas que se pueden llevar a cabo en relación con una propiedad inmueble.
Es precisamente por ello por lo que el momento de recurrir a un abogado experto en Contratos sobre Bienes Inmuebles puede ser muy distinto según la función que necesitemos obtener del inmueble.
El momento apropiado para contactar con un abogado normalmente es el mismo: previamente a hacer algo que pueda tener una trascendencia jurídica para nuestros intereses, no haciendo referencia con ello a simples actos rutinarios como buscar un inmueble que se ajuste a nuestros requerimientos.
Hablamos del momento conveniente para recurrir a un abogado en que, conseguida toda la información, queremos comenzar a estudiar la documentación. Por ejemplo, una Nota Simple puede incluir anotaciones de embargo, restricciones en el uso de la propiedad (una servidumbre), segregaciones, etc.
Si recordáis, esta era la principal labor que llevamos a cabo los expertos en Contratos, y es porque en la fase de documentación los abogados ya podemos identificar si puede haber situaciones problemáticas y transmitirlo a los clientes para valorar si conviene o no suscribir el contrato.
De esta manera, y como decidimos normalmente, siempre es mejor prevenir que lamentar, y dado que todos conocemos la trascendencia para nuestro patrimonio jurídico y económico, os invitamos a que nos consultéis para que podamos aconsejaros sobre cualquier modalidad de contrato suscrito sobre bienes inmuebles y os ayudemos a que disfrutéis de vuestro inmueble sin problema.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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