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Condiciones cambio de uso local a vivienda - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social requiere de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más básicas que existen, que es el derecho de la vivienda.
De esta manera, y considerando el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco habitual que nuevos propietarios compren viviendas cuyo uso inicial era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
De esta manera se extiende una nueva forma de disfrutar de una vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de condición técnica como jurídica.
Como decíamos, tramitar el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha llevado a cabo un negocio para adaptarlo a los requerimientos de una casa no está exento de un reacondicionamiento técnico del inmueble, siendo indispensable cumplir con determinadas medidas, posicionamiento con respecto a la acera de cada una de las habitaciones que conforman la vivienda, exigencia de cocina y de instalación de evacuación de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y protección en con respecto a la prevención de incendios, entre otras obligaciones.

A las demandas técnicas o físicas que debe reunir el inmueble se le añadirán las legales, de modo que se debe cumplir con lo establecido por la normativa administrativa en materia urbanística y control sobre usos del suelo. En base a ello, debe tenerse presente que el cambio de uso terciario a vivienda precisará de la tramitación de la obligatoria licencia de obra obtenida a través del procedimiento ordinario común. Para ello, se deberá adjuntar un proyecto firmado por un perito experto en la materia, y que habrá de contener aquellas obras a acometer que cumplen con Código de Edificación. Sin embargo, y con anterioridad, conviene conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, tramitado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso servirá para asegurar que el nuevo uso que tendrá el suelo no interfiere con lo estipulado por la legislación urbanística. De la misma forma, es conveniente solicitar un estudio de viabilidad previo preparado por un técnico especializado, que permitirá valorar si el cambio de uso es posible, aunque también puede que lo realice el propio Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero altamente aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no debe trasgredir lo dispuesto por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o estructura del bloque en el que se encuentra, primando mayormente la libertad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada recogido en la Constitución. No obstante, cuando se modifican elementos comunes hay que contar con la aprobación de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Condiciones cambio de uso local a vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado experto sabe toda la burocracia a llevar a cabo en el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el procedimiento para la obtención del permiso y, además, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración fije para la concesión de las autorizaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los pertinentes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con el objetivo de prevenir potenciales limitaciones por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un análisis previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de verificar que se permite realizar el cambio de uso. Del mismo modo, y si es necesario, se asistirá a la Junta de Vecinos junto con el técnico experto en la cuestión para explicar las características del proyecto y la no alteración en la estructura y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en coordinación con un técnico experto en la cuestión, que se comprometerá a preparar los informes y proyectos técnicos oportunos para llevar a cabo el cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Condiciones cambio de uso local a vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han puesto de manifiesto algunas de las peculiaridades y/o complejidades a las que se debe enfrentar un ciudadano o empresario que proceda a cambiar el uso de un inmueble de local a residencial, aconsejamos que acudan al bufete cuanto antes si lo que buscan es agilizar todo el proceso para cambiar el uso asignado al su inmueble, o quieren un servicio de consultoría, así como amparo legal letrada por las denegaciones emitidas por parte del Ayuntamiento y que dificultan seguir con el proceso.
Del mismo modo, y debido a la entidad del cambio físico y jurídico que sufre el inmueble, el cambio deberá acudir al Registro de la Propiedad mediante la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de esta clase de actuaciones permitirá agilizar toda esta fase final.
Además, la especialización y conocimiento de distintos regímenes legales que atañen a viviendas permitirá dotar de un servicio de consultoría más específico, adaptado, por ejemplo, a VPO. Al conocer su naturaleza y la extensión de calificación, y tras estudiar el caso, podremos adaptar el procedimiento de cambio de uso a las necesidades de esta clase de vivienda con un régimen más complejo.
Como hemos explicado, el mejor momento para ponerse en contacto con el despacho será cuando el interesado se proponga proceder con el cambio de uso de un local, momento en el que se explicará todos los pasos por recorrer y se recibirá asistencia especializada en cada una de las etapas del proceso para el cambio de uso, encontrando la solución más adecuada en caso de tener que tomar distintas determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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