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Compraventa de casas - VMS Abogados
No obstante, nuestro Código Civil también admite, según su art. 1.446, que el precio de la venta consista en entrega de algo diferente al dinero, pero sí que marca que sea cierto, es decir, que quede perfectamente demarcado y contemplado en el documento, siendo necesario para ello que el valor sea pactado, no pudiéndose imponer de forma unilateral por ninguna de las partes actuantes.
De este modo, una parte clave del contrato de compraventa sería la perfección de la venta entre adquiriente y vendedor, perfeccionándose el contrato cuando se haya convenido en la finalidad del contrato y en el coste, a pesar de que no hayan sido entregados.
Actualmente, hay múltiples contratos que tienen relación con el otorgamiento de una compraventa, como pueden ser: el contrato de señal o arras, la promesa de compraventa, la opción de compra y el mismo contrato privado de compraventa.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de compraventa de inmuebles.
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Email: info@vmsabogados.com
Compraventa de casas - Características de nuestro servicio
En cuanto a las tareas que desempeña un abogado experto en contratos de compraventa realizados sobre viviendas, trataremos de sintetizarlas, dado que son extensas y, en la mayor parte de las ocasiones, complejas:
- Primeramente, se debe conseguir información registral de la propiedad, esto es, pedir al Registro de la Propiedad donde se encuentre el inmueble que nos informe en qué circunstancias se encuentra la propiedad: libre de cargas, si tiene hipoteca, gravado con algún inmueble, quién es el propietario, etc.
- Es casi tarea imprescindible antes de proceder a concretar un contrato de compraventa oficializar un “precontrato” en el que se detallen condiciones pactadas entre vendedor y adquiriente, podemos llamarlo contrato de señal o de entrega de arras, saltando las disparidades entre ellos.
- Debe asegurarse el abogado especialista en contratos de compraventa sobre viviendas de saber y transmitir al cliente qué clase de gastos le va a suponer, excluyéndose de estos, evidentemente, el propio valor de la vivienda. Una de las funciones desarrolladas por los abogados se basa también en confeccionar, lógicamente, el contrato de compraventa.
- Los abogados expertos también nos ocupamos de negociar como representantes de nuestros clientes, y conseguir, en multitud de ocasiones, que se respeten los objetivos determinados en lo que respecta a obtener el precio buscado a cambio del inmueble cuando queremos vender o conseguir una rebaja en el mismo cuando queramos comprar.
- Además, entre otras cosas, también nos ocupamos de comprobar si las partes se encuentran capacitadas para llevar a cabo la venta o transmisión de la propiedad, puesto que deben ser transmisoras aquellas personas físicas o jurídicas a las que el Código Civil concede capacidad para ello.
Cabe destacar, por si alguno de nuestros lectores no lo lo conoce, no impone la Ley a formalizar los contratos de compraventa en una notaría, aunque evidentemente, es muy recomendable. Esto es, Pedro puede vender a Javier su casa mediante un contrato firmado entre ellos, sin necesidad de acudir al Notario y obviamente, no tener que registrarlo en el Registro de la Propiedad, a pesar de que su inscripción nos puede otorgar protección frente a terceras personas, que siempre es aconsejable para prevenir quebraderos de cabeza en un futuro.
Compraventa de casas - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Por nuestra profesión, sabemos que los problemas legales que pueden perjudicar al patrimonio de las personas surgen por el más mínimo contratiempo inesperado, y es por eso por lo que en cuestiones tan complejas y relevantes económicamente como en situación de compraventa de viviendas, y por la importancia que pueden tener en nuestro capital, recomendamos acudir a un experto una vez hemos decidido y tomado la decisión de adquirir una vivienda.
Es cierto que podemos posponer el momento de recurrir a un abogado cuando tengamos escogida la casa: en ese momento, tendríamos que comenzar a tramitar toda la documentación de la que os hemos hablado en nuestro anterior apartado y que el abogado nos asesore y oriente sobre las pautas a seguir: recopilación de datos registrales, acuerdo para el intercambio de pareceres acerca del coste, oficialización de un contrato o bien de opción de compra (en el supuesto de que vayamos a suscribir un alquiler, por ejemplo) o contrato de arras.
Sin embargo, y pese a nuestras recomendaciones, suele ser frecuente en nuestra profesión que nuestros clientes acudan a nosotros cuando ya tienen dificultades a nivel legal, por lo que estamos completamente habituados a trabajar en circunstancias en las que hay que darse prisa y el estado de necesidad es acuciante, aunque como ya os hemos aconsejado en otras ocasiones, siempre es mejor prevenir que curar.
Esperamos que el presente post os ayude a comprender en qué se basan los contratos de arrendamiento sobre inmueble y cuáles son las actividades que desempeña un abogado, pero si tenéis cualquier tipo de duda, como siempre indicamos, no dudéis en poneros en contacto con nosotros.
¿Qué opinan nuestros clientes?
Casos de éxito
CASO DE ÉXITO: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas
Caso de éxito: La obligación de remitir las cuentas con la convocatoria de las Juntas. El problema principal radica en una disputa de una Comunidad de Propietarios. La controversia se centra en el acuerdo de aprobación de cuentas de la Junta General Ordinaria de mitades de 2022, debido a que ciertos documentos no fueron remitidos a los propietarios antes de la junta. Un hecho que impidió que pudieran tener acceso previo a la documentación necesaria para revisar y aprobar las cuentas de manera informada. Vulnerando, por lo tanto, lo estipulado en la Ley de Propiedad Horizontal. Lo que llevó a nuestro cliente, uno de los propietarios de la comunidad, a impugnar judicialmente el acuerdo adoptado, debido a irregularidades en el procedimiento de remisión de las cuentas.
CASO DE ÉXITO: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?
Caso de éxito: ¿Pueden los propietarios morosos impugnar acuerdos de la comunidad?. VMS Abogados representó a una Comunidad de Propietarios, donde uno de ellos, moroso, intentó impugnar judicialmente un acuerdo que aprobaba una derrama extraordinaria. Nuestros abogados argumentaron que el demandante carecía de legitimación activa para impugnar acuerdos debido a su falta de pago de las cuotas comunitarias desde el 2019, lo que provocó que el juzgado tuviera que determinar si el demandante tenía el derecho legal de cuestionar ese acuerdo.
CASO DE ÉXITO: Propietaria contra aseguradora
Caso de éxito: Propietaria contra aseguradora. La parte actora, que es propietaria de una vivienda en la cual sufrió daños el día 9 de noviembre de 2016, cuando se derrumbó el techo de su cocina y el techo de escayola debajo de él, siendo este primero un elemento común. La Comunidad de Propietarios acordó la sustitución del techo de cañizo por techo de pladur, pero la propietaria también buscaba ser indemnizada en relación con los daños que se produjeron en sus muebles y electrodomésticos, reclamando a la Comunidad y su Aseguradora la cantidad de 7.187,89 euros.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
Caso de éxito: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil.
CASO DE ÉXITO: Convocatorias de junta
Convocatorias de junta. En el caso de hoy veremos la nulidad de acuerdos votados en junta.
La convocatoria de la junta incluía el punto 5º del orden del día, relacionado con las obras del portal.
CASO DE ÉXITO: Importancia de actualizar cualquier cambio de titularidad en el registro mercantil
En el caso presente, se aborda una situación legal donde una Comunidad de Propietarios insta una demanda de juicio verbal contra una empresa mercantil, la cual es titular registral de un local y tiene una deuda pendiente en concepto de cuotas comunitarias.
La parte demandada, en su contestación a la demanda alegó su falta de legitimación pasiva argumentando que había enajenado el local en el año 2008. Sin embargo, el Tribunal desestimó este argumento, ya que en el Registro de la Propiedad y en los archivos de la Comunidad seguía figurando como titular del local en el registro de la propiedad y no se había acreditado que comunicara el cambio de titularidad a la comunidad de propietarios.