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Cambio uso local a vivienda Alcobendas - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social requiere de ideas innovadoras para atender una de las necesidades más elementales de todas, que es el derecho a tener una casa.
Por tanto, y teniendo en cuenta el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que nuevos propietarios compren viviendas cuyo uso inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De esta forma surge una nueva manera de disfrutar de una vivienda, que no resulta ajena a materias, tanto de índole técnica como jurídica.
Como hemos dicho, tramitar el cambio de uso de un local en el que se ha llevado a cabo un negocio para ajustarlo a los requerimientos de una casa no se encuentra exento de una adecuación técnica del inmueble, siendo indispensable cumplir con ciertas dimensiones, situación en relacióna la acera de cada una de las estancias que conforman la vivienda, exigencia de cocina y de sistema de salida de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y protección en con respecto a la prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las obligaciones técnicas o físicas que tiene que reunir la vivienda se le añadirán las jurídicas, de modo que se debe cumplir con lo recogido por la legislación administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso terciario a residencial exigirá la tramitación de la obligatoria licencia de obra obtenida mediante el procedimiento ordinario habitual. Para ello, es necesario adjuntar un proyecto firmado por un perito competente en la materia, y que habrá de contener aquellas obras a realizar que cumplen con Código de Edificación. Sin embargo, y anteriormente, conviene conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, tramitado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso servirá para garantizar que el nuevo uso que se atribuirá al suelo no interfiere con lo reflejado por la legislación urbanística. De la misma manera, es conveniente solicitar un informe de viabilidad previo confeccionado por un perito especializado, que permitirá determinar si el cambio de uso es posible, aunque también puede que lo confeccione el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero altamente recomendable.
Además, el cambio de uso no tiene que infringir lo estipulado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o configuración del edificio en el que se encuentra, primando mayormente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada reconocido en la Constitución. Sin embargo, cuando se se ven alterados elementos comunes es obligatorio tener el consentimiento de la Comunidad de Propietarios.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambio uso local a vivienda Alcobendas - Características de nuestro servicio
Un abogado especializado conoce toda la tramitación que hay que llevar a cabo ante el Ayuntamiento, por lo que se optimizará el procedimiento para la concesión de la licencia y, por otro lado, asistirá en todos aquellos obstáculos que la Administración fije para la concesión de las autorizaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los correspondientes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con la finalidad de evitar posibles limitaciones por parte de la Comunidad de Propietarios, se realizará un análisis previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de corroborar que se permite llevar a cabo el cambio de uso. Del mismo modo, y en caso de ser necesario, se asistirá a la Junta de Propietarios acompañado del técnico experto en el tema para mostrar las características del proyecto y la inocua alteración en la estructura y seguridad del edificio y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en coordinación con un profesional experto en el asunto, que se encargará de realizar los documentos y proyectos técnicos oportunos para llevar a cabo el cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Cambio uso local a vivienda Alcobendas - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han puesto de manifiesto algunas de las particularidades y/o dificultades a las que se enfrenta un ciudadano o empresario que se plantee cambiar el uso de un inmueble de local a residencial, aconsejamos que acudan al bufete cuanto antes si lo que quieren es optimizar todo el procedimiento para cambiar el uso asignado al su propiedad, o necesitan un servicio de consultoría, así como asistencia letrada letrada por las negativas notificadas por parte del Ayuntamiento y que son un lastre para continuar con el proceso.
Igualmente, y dada la naturaleza del cambio físico y legal que experimenta la construcción, el cambio deberá acceder al Registro de la Propiedad a través de la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la tramitación de esta clase de procedimientos permitirá agilizar toda esta fase final.
Por otro lado, la especialización y conocimiento de diferentes regímenes jurídicos que afectan a viviendas servirá para dotar de un servicio de consultoría más específico, ajustado, por ejemplo, a Viviendas de Protección Oficial. Al conocer su naturaleza y la extensión de calificación, y después de evaluar el asunto, podremos ajustar el proceso de cambio de uso a las necesidades de esta clase de vivienda con un régimen más complicado.
Como hemos explicado, el mejor momento para ponerse en contacto con el despacho será cuando la persona se proponga proceder con el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se mostrará todo el camino por completar y se recibirá asistencia especializada en cada una de las etapas del proceso para el cambio de uso, buscando la solución más adecuada si hay que tomar diferentes determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






Casos de éxito

CASO DE ÉXITO: Incumplimiento de la paralización judicial de una obra
En el caso de hoy veremos la definitiva suspensión de una obra realizada en un edificio cuya Comunidad de Propietarios nos contrató. La obra fue ejecutada por una empresa en la planta baja y en un sótano del edificio , con el fin de construir un establecimiento hotelero.

CASO DE ÉXITO: Absolución acusado violencia de género
Nuestro Cliente, acudió al despacho para solicitar asesoramiento, ya que su ex pareja le había denunciado, manifestando, que este le había amenazado debido a que había discutido con su hija de 11 años y esta se había ido sola hacia casa de la madre y que en caso de que no llegara se lo dijera para avisar él a la policía y a los servicios sociales, preocupándose así ella por la menor.

CASO DE ÉXITO: Legitimación activa propietario impugnación acuerdo frente Mancomunidad
Nuestra Clienta, propietaria de una vivienda en planta baja, acudió al Despacho para valorar la viabilidad de proceder con la impugnación de un acuerdo, relativo al reparto de gastos comunitarios, que había sido adoptado por su Mancomunidad de Propietarios, en la que se encuentra integrada su Comunidad de Propietarios.

CASO DE ÉXITO: Desestimación medida cautelar
Nuestro Cliente era la Comunidad de Propietarios demandado, y acudió al Despacho para contestar a la demanda interpuesta por una propietaria de una vivienda en planta baja cual solicitaba que se declarase nulo el acuerdo adoptado por la Comunidad de Propietarios, que obligaba a la demandada a contribuir al pago de la instalación del ascensor, así como de su mantenimiento y funcionamiento, al igual que el resto de comuneros, y además, solicitó como medida cautelar la suspensión de la ejecutividad del acuerdo en Junta por el que se obligaba a los propietarios a comenzar la derrama oportuna para la instalación del ascensor

CASO DE ÉXITO: Segunda Oportunidad
1. Cuál era el problema: El cliente acude al despacho con un importante problema: en los años previos a la crisis financiera del año 2008,

CASO DE ÉXITO: Requisitos para convocar una Junta de Propietarios
1. Cuál era el problema: Una clienta acudió al despacho consternada ante la falta de notificación de las convocatorias de la Junta General de Propietarios