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Cambio de vivienda a local comercial - VMS Abogados
El nuevo contexto económico y social requiere de ideas creativas para satisfacer una de las necesidades más básicas que existen, que es el derecho de la vivienda.
Con lo cual, y considerando el beneficio de una productividad mayor del suelo, no resulta poco habitual que nuevos propietarios adquieran viviendas cuyo uso inicial era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
De este modo se desarrolla una nueva manera de acceso a vivienda, que no es ajena a cuestiones, tanto de condición técnica como jurídica.
Como hemos dicho, llevar a cabo el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha llevado a cabo un negocio para ajustarlo a las necesidades de una vivienda no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, siendo necesario cumplir con ciertas dimensiones, posicionamiento con respecto a la acera de cada una de las estancias que componen la casa, necesidad de tener cocina y de instalación de evacuación de humos, requisitos sobre electricidad y ventilación, así como accesibilidad y protección en lo relacionado con la prevención de incendios, entre otras peticiones.

A las demandas técnicas o físicas que tiene que cumplir la vivienda se le añadirán las jurídicas, de manera que se debe cumplir con lo recogido por la legislación administrativa en cuestión urbanística y control acerca de los usos del suelo. En base a ello, tiene que tenerse presente que el cambio de uso terciario a residencial requerirá la tramitación de una preceptiva licencia de obra solicitada mediante el procedimiento ordinario habitual. Para ello, hay que adjuntar un proyecto realizado por un técnico competente en este tipo de cuestiones, y que deberá incluir aquellas obras a realizar que se ajustan al Código de Edificación. Sin embargo, y con anterioridad, es recomendable conseguir el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, tramitado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso permitirá garantizar que el nuevo uso que se atribuirá al suelo no proscribe con lo estipulado por la normativa urbanística. De la misma forma, es aconsejable obtener un estudio de viabilidad previo llevado a cabo por un perito competente, que permitirá valorar si el cambio de uso es posible, aunque también puede que lo prepare el propio Ayuntamiento, siendo el mismo facultativo, pero muy recomendable.
Además, el cambio de uso no debe infringir lo estipulado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o estructura del bloque en el que se ubica, priorizando mayormente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada recogido en la Constitución. No obstante, cuando se modifican elementos comunes es obligatorio contar con la aprobación de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambio de vivienda a local comercial - Características de nuestro servicio
Un abogado experto sabe toda la burocracia a realizar ante el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el proceso para la concesión del permiso y, por otro lado, orientará en todos aquellos obstáculos que la Administración imponga para la obtención de las autorizaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los pertinentes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con la finalidad de prevenir potenciales obstáculos por parte de la Comunidad de Vecinos, se realizará un análisis previo sobre los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de comprobar que se permite realizar el cambio de uso. Del mismo modo, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Vecinos acompañado del técnico competente en el asunto para mostrar las características del proyecto y la no alteración en la estructura y seguridad del edificio y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en colaboración con un técnico competente en el asunto, que se responsabilizará de realizar los documentos y análisis técnicos necesarios para llevar a cabo el cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Cambio de vivienda a local comercial - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han expuesto algunas de las particularidades y/o dificultades a las que se tiene que enfrentar una persona o empresa que desee cambiar el uso de una propiedad de local a residencial, aconsejamos que acudan al bufete cuanto antes si lo que buscan es agilizar todo el procedimiento para cambiar el uso asignado al su propiedad, o quieren asesoramiento, así como amparo legal letrada por las denegaciones notificadas por parte del Ayuntamiento y que dificultan continuar con el procedimiento.
Del mismo modo, y dada la entidad del cambio físico y legal que sufre la propiedad, el cambio deberá acceder al Registro de la Propiedad a través de la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra experiencia en la gestión de esta clase de actuaciones permitirá agilizar toda esta etapa final.
Además, la especialización y conocimiento de distintos regímenes jurídicos que afectan a viviendas servirá para dotar de un asesoramiento más personalizado, adaptado, por ejemplo, a VPO. Al saber cuál es su naturaleza y la extensión de calificación, y tras valorar el asunto, podremos adaptar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de este tipo de propiedad con un régimen más complicado.
Como hemos mencionado, el mejor momento para ponerse en contacto con el despacho será cuando el interesado se plantee proceder con el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se explicará todos los pasos por completar y se recibirá consultoría especializada en cada una de las fases del procedimiento para el cambio de uso, encontrando la solución óptima si hay que tomar diferentes determinaciones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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