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Cambio de uso de local a vivienda Getafe - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social requiere de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más elementales que existen, que es el derecho de la vivienda.
Con lo cual, y teniendo en cuenta el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco frecuente que algunas personas compren viviendas cuyo uso inicial era de local o negocio, para destinarlo a vivienda.
De esta forma surge una nueva manera de disfrutar de una vivienda, que no resulta ajena a cuestiones, tanto de índole técnica como judicial.
Como hemos indicado, proceder con el cambio de uso de un local en el que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a los requerimientos de una casa no está exento de una adecuación técnica de la propiedad, siendo necesario cumplir con determinadas dimensiones, situación en relacióna la acera de cada una de las estancias que componen la vivienda, exigencia de cocina y de instalación de salida de humos, imposiciones sobre electricidad y ventilación, además de accesibilidad y seguridad en con respecto a la prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las condiciones técnicas o físicas que debe cumplir el inmueble se le añadirán las legales, de manera que se tiene que cumplir con lo establecido por la legislación administrativa en materia urbanística y control sobre usos del suelo. En base a ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso terciario a residencial exigirá la tramitación de una preceptiva licencia de obra obtenida mediante el proceso ordinario común. Para ello, se deberá presentar un proyecto firmado por un perito competente en la materia, y que deberá contener aquellas obras a acometer que cumplen con Código de Edificación. Sin embargo, y anteriormente, es recomendable obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en cualquier caso permitirá garantizar que el nuevo uso que se atribuirá al suelo no proscribe con lo reflejado por la normativa urbanística. De la misma forma, es recomendable obtener un estudio de viabilidad previo realizado por un técnico competente, que permitirá determinar si el cambio de uso es posible, aunque también puede que lo confeccione el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero altamente aconsejable.
Por otro lado, el cambio de uso no tiene que infringir lo reflejado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la protección o configuración del bloque en el que se encuentra, primando mayormente la posibilidad de ejercitar el derecho sobre la propiedad privada reconocido constitucionalmente. No obstante, cuando se se ven alterados elementos comunes es obligatorio tener la aprobación de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Cambio de uso de local a vivienda Getafe - Características de nuestro servicio
Un abogado experto conoce toda la tramitación que hay que llevar a cabo ante el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el proceso para la concesión de la licencia y, por otro lado, asistirá en todos aquellos obstáculos que la Administración establezca para la obtención de las autorizaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los correspondientes requerimientos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con el objetivo de prevenir posibles trabas por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un análisis previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con el objetivo de verificar que se permite llevar a cabo el cambio de uso. Del mismo modo, y si es necesario, se asistirá a la Junta de Propietarios acompañado del técnico experto en el asunto para mostrar la realidad del proyecto y la no afectación en la configuración y seguridad del edificio y sus elementos comunes.
Todo ello se realizará en coordinación con un profesional experto en el asunto, que se responsabilizará de realizar los documentos y análisis técnicos necesarios para llevar a cabo el cambio de uso, y que serán presentados antes el Ayuntamiento.

Cambio de uso de local a vivienda Getafe - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez se han puesto de manifiesto algunas de las peculiaridades y/o complejidades a las que se tiene que salvar una persona o empresa que proceda a cambiar el uso de una propiedad de local a vivienda, recomendamos que se pongan en contacto con el despacho lo antes posible si lo que buscan es agilizar todo el proceso para cambiar el uso original de su propiedad, o quieren asesoramiento, así como amparo legal letrada por las denegaciones notificadas por parte del Ayuntamiento y que impiden continuar con el proceso.
De la misma forma, y debido a la entidad del cambio físico y jurídico que experimenta la propiedad, la modificación tendrá que acudir al Registro de la Propiedad mediante la correspondiente escritura de cambio de uso. Nuestra experiencia en la tramitación de este tipo de procedimientos resultará muy útil para agilizar toda esta etapa final.
Además, la maestría y conocimiento de distintos regímenes jurídicos que afectan a viviendas permitirá dotar de un asesoramiento más específico, ajustado, por ejemplo, a VPO. Al conocer su naturaleza y la extensión de calificación, y tras valorar la cuestión, podremos ajustar el procedimiento de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de propiedad con un régimen más complicado.
Como hemos explicado, el mejor momento para ponerse en contacto con el bufete será cuando la persona se proponga tramitar el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se mostrará todo el camino por recorrer y se recibirá consultoría especializada en cada una de las fases del proceso para el cambio de uso, buscando la solución óptima en caso de tener que tomar diferentes decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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