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Alquiler de piso sin contrato - VMS Abogados
Los contratos de alquiler son aquellos en los que uno de los participantes de la relación jurídica, el arrendador, queda obligado a traspasar la utilización del bien al otro participante, el inquilino, que obtendrá el derecho de usar la cosa a cambio de una prestación. En el presente artículo nos enfocaremos en desarrollar los arrendamiento de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para legislar esta común actividad jurídica se redactó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los arrendamientos de inmuebles que se dediquen a usos residenciales o a usos diferentes de vivienda, como un local comercial. Los arrendamientos que se regulan en dicha Ley se someterán a lo dispuesto en ella, aunque se acatarán los pactos entre ambas partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de arrendamiento, de forma general, tienen que incluir, entre otras cosas, las obligaciones: el arrendador quedará obligado a transferir el bien objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al arrendatario, a efectuar en el bien de alquiler todas las restauraciones oportunas a fin de que sirva para la utilización a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el disfrute pacífico del alquiler por todo el tiempo del contrato.
Como contraprestación, el arrendatario quedará obligado, frecuente, a abonar el coste del arrendamiento en los términos establecidos y a usar la vivienda alquilada de buena forma, destinándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que contemplar: el inmueble sobre el que recae el alquiler, el plazo de duración, la renta estipulada, las maneras de prolongar el mismo, la fianza, los costes y servicios, las posibilidades de cesión y subarriendo, las maneras de anular, rescindir y extinguir el contrato; también pueden reflejar en caso de conflicto, los Tribunales a los que quedarán sujetas las partes para resolver las disputas que puedan derivarse del cumplimiento o violación del contrato de arrendamiento, así como también podrán optar por someterse a la mediación o arbitraje.
En cuanto a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy amplia, debido que como Despacho especializado en Derecho Inmobiliario tratamos estos temas de manera habitual.
A continuación, os explicaremos cómo desarrollamos nuestras funciones y nuestra actuación en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Alquiler de piso sin contrato - Características de nuestro servicio
Básicamente, el abogado experto en contratos de alquiler tiene que haber tenido una formación concreta en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuya dedicación principal debe ser satisfacer la necesidad estable de vivienda del inquilino, o sean arrendamientos previstos para uso distinto del residencial, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como destino principal uno distinto del previsto para vivienda.
Con respecto a las labores que desempeñamos, suelen ser similares a las que ya os hemos comentado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los arrendamientos:
- Recopilación y análisis de la documentación relativa al bien que se pretende alquilar, por ejemplo, obtener la información que aparece en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la posesión del arrendador sobre la piso, conocer las cargas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de arrendamientos, así como orientar a los clientes en el proceso para minimizar los peligros de disputas en el futuro.
- Velar por los intereses de la persona contratante de nuestros servicios. En caso de ser arrendador, debemos llevar la representación jurídica del cliente si hay que pedir el desahucio del piso por de la falta de pago de rentas o por incumplimiento de las responsabilidades incluidas en el contrato, por ejemplo. De este modo, en caso de que el cliente sea inquilino, le representaremos si quiere enervar las cuantías reclamadas jurídicamente, de requerir al propietario para suma sus obligaciones de conservación y mantenimiento del bien, etc.

Alquiler de piso sin contrato - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo para contratar a un abogado experto en contratos de arrendamiento parece evidente: para garantizar al máximo nuestros intereses y poder disfrutar de la tranquilidad que otorga tener a un especialista que esté protegiendo nuestros intereses.
Tanto si eres inquilino como propietario tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada una de las partes, así como procurar que no se violan las cláusulas de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, dependiendo de la naturaleza del destino de la finca que va a ser alquilada.
El tiempo adecuado para recurrir a un abogado especialista en alquileres siempre aconsejamos que es el momento anterior a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos obligamos a lo que en el mismo se refleje.
Sin embargo, es habitual en nuestro trabajo que los clientes acudan cuando ya tienen un conflicto contractual sobre el arrendamiento acordado, por lo que también estamos acostumbrados a proteger sus derechos cuando los incumplimientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que la labor del abogado se traducirá en tratar de evitar un pleito judicial y procurar resolver el problema de forma extrajudicial, siempre que creamos que es la solución más adecuada para la problemática del cliente, además de ser la más económica normalmente.
Esperamos que este post os haya acercado un poco más a la figura de los alquileres, que pueda haber ayudado a solucionar las cuestiones que se os planteen al menos de manera inicial, y como siempre decimos, podéis consultarnos si tenéis duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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