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Alquiler de casa sin contrato - VMS Abogados
Los contratos de arrendamiento son aquellos en los que uno de los participantes de la relación jurídica, el propietario, queda obligado a traspasar la utilización de la vivienda al otro participante, el arrendatario, que obtendrá el derecho de utilizar la vivienda a cambio de una renta. En el presente artículo nos enfocaremos en desarrollar los alquileres de fincas, y en concreto, de las fincas urbanas.
Para legislar esta común actividad jurídica se creó la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos que resulta de aplicación a los alquileres de inmuebles que se destinen a usos residenciales o a usos diferentes de vivienda, como un local comercial. Los arrendamientos que se reflejan en dicha Ley se someterán a lo contemplado en ella, aunque se tendrán en cuenta los pactos entre las partes en tanto en cuanto no contravengan lo dispuesto en ella en perjuicio del arrendatario.

Los contratos de alquiler, de manera general, deben reflejar, entre otras cosas, las obligaciones: el propietario estará obligado a traspasar el bien objeto del contrato (en este caso, el inmueble) al inquilino, a llevar a cabo en el bien de alquiler todas las restauraciones necesarias para que sirva para la utilización a que ha sido destinada y a mantener al inquilino en el goce pacífico del alquiler por toda la duración del contrato.
A cambio, el inquilino estará obligado, frecuente, a pagar el precio del arrendamiento en los términos establecidos y a usar la vivienda arrendada de buena manera, dedicándola al uso pactado.
Además, los contratos de alquiler tendrán que contemplar: el bien sobre el que recae el alquiler, el tiempo de duración, la renta estipulada, las formas de prorrogar el mismo, la fianza, los gastos y servicios, las posibilidades de entrega y subarriendo, las maneras de suprimir, resolver y extinguir el contrato; también pueden reflejar en caso de conflicto, los Juzgados a los que quedarán sujetas los participantes para solucionar las controversias que puedan derivarse del cumplimiento o incumplimiento del contrato de arrendamiento, así como también podrán optar por supeditarse a la intermediación o arbitraje.
En lo que respecta a la experiencia de VMS en Contratos de Arrendamiento, ésta es muy extensa, debido que como Despacho experto en Derecho Inmobiliario nos ocupamos de estos asuntos de forma habitual.
A continuación, sobre en qué consisten nuestras funciones y nuestra actuación en todo lo lo que tenga que ver con los alquileres urbanos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en contratos de arrendamiento.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Alquiler de casa sin contrato - Características de nuestro servicio
Principalmente, el abogado experto en contratos de arrendamiento tiene que haber tenido una formación concreta en todo lo relacionado con los arrendamientos urbanos, ya sean estos para uso de vivienda, cuya dedicación principal tiene que ser cubrir la necesidad permanente de vivienda del inquilino, o sean arrendamientos previstos para uso distinto del residencial, que son aquellos que recaen sobre construcciones que tengan como destino principal uno diferente del previsto para vivienda.
En cuanto a las funciones que desempeñamos, suelen coincidir con algunas de las que ya os hemos explicado en otros de nuestros posts, pero con las especialidades propias de los alquileres:
- Recopilación y estudio de la documentación relativa al inmueble que se pretende arrendar, por ejemplo, conseguir la información que recoge en el Registro de la Propiedad, para entre otras cosas, tener la garantía de la titularidad del arrendador sobre la piso, saber las deudas que sobre él pesan, etc.
- Preparar los contratos de alquiler, así como aconsejar a los clientes en el proceso para minimizar los peligros de disputas en el futuro.
- Velar por los derechos de la persona que contrate nuestros servicios. En caso de ser propietario, debemos asumir la representación judicial del cliente en caso de tener que solicitar el desahucio de la vivienda por impago de rentas o por el quebrantamiento de las obligaciones contenidas en el contrato, por ejemplo. Así, si el cliente es el inquilino, le representaremos si pretende enervar las cantidades reclamadas jurídicamente, de solicitar al arrendador para suma sus deberes de preservación y mantenimiento del inmueble, etc.

Alquiler de casa sin contrato - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
El motivo para recurrir a un abogado especialista en contratos de alquiler resulta evidente: para garantizar al máximo nuestros intereses y poder gozar de la tranquilidad que concede tener a un experto que esté defendiendo nuestros intereses.
Tanto si eres arrendatario como arrendador tienes que garantizar el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a cada uno de los participantes, así como asegurarte de que no se violan las condiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos o Rústicos, en función de la naturaleza del destino de la finca que va a ser arrendada.
El tiempo adecuado para recurrir a un abogado especialista en alquileres siempre recomendamos que es el momento anterior a la firma del contrato, ya que una vez firmado, nos supeditamos a lo que en él se refleje.
No obstante, es habitual en nuestra profesión que los clientes vengan cuando ya tienen un conflicto contractual sobre el arrendamiento acordado, por lo que también estamos acostumbrados a preservar sus derechos cuando los incumplimientos de la otra parte ya se han sucedido, por lo que el trabajo del abogado se traducirá en tratar de evitar un pleito judicial e intentar resolver la cuestión de forma amistosa, siempre que creamos que es la solución más adecuada para las dificultades del cliente, además de ser la más económica normalmente.
Esperamos que este post os haya aproximado un poco más a la fórmula de los arrendamientos, que pueda haber contribuido solucionar las cuestiones que se os planteen al menos de forma inicial, y como siempre comentamos, podéis preguntarnos en caso de duda.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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