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Venta de vivienda de protección oficial de promoción privada - VMS Abogados

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Venta de vivienda de protección oficial de promoción privada - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección brindada no viene exenta de restricciones para las Vivienda de Protección Oficial, y es que, para su venta, los propietarios tendrán que contar con un permiso de transmisión realizada por la Administración competente.
La tenencia y/o propiedad de una VPO requiere mantenerla como residencia habitual, lo que se comprueba a través de inspecciones regulares hechas por los Servicios de Inspección. Del quebrantamiento de esta restricción se podría acabar cometiendo una falta.
Se establece un valor máximo de venta al igual que un valor determinado de alquiler. En el caso de la compraventa, cuando la vivienda se libera, el propietario puede venderla a precio de mercado sin necesidad de ajustarse al límite establecido por la normativa autonómica.
- Requisitos económicos de acceso: para el acceso a una VPO la Comunidad de Madrid solicita ciertos requisitos a quienes quieren comprar una casa, ya sea a través de la compra o alquiler.Fundamentalmente, las rentas del hogar no pueden exceder de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se refleja en los Presupuestos Generales, y del mismo modo, la persona que quiere acceder a una VPO no puede ser propietario de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda protegida en toda la geografía española, ni una exenta en el territorio de la CAM.
Como anteriormente se mencionó, la VPO deberá dirigirse a vivienda habitual, por lo que no podrá tratarse de una segunda residencia o utilizada como fuente de ingresos, por ejemplo, a través de su arrendamiento.
La Comunidad de Madrid puede imponer condiciones adicionales para acceder a viviendas dirigidas a personas con ciertas características particulares, como son la discapacidad o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una vivienda posea la certificación de Vivienda de Protección Oficial, y por tanto esté protegida por la Administración, se requiere un procedimiento administrativo en base a lo que se obtendrá, en primer lugar, una calificación provisional sobre el proyecto, y una vez terminado, y respetando unos plazos, se obtendrá una certificación final.Fruto de la certificación como Vivienda de Protección Oficial, en función de si resulta de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá un régimen u otro. En las primeras, como ya se dijo anteriormente, la vivienda debe dirigirse a residencia habitual, y el valor de compra de la misma estará acotado.
Para vender una Vivienda de Protección Oficial se debe contar con la autorización de la Autoridad Competente en cuestión de vivienda, teniendo en cuenta del mismo modo con que el precio de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas viviendas objeto de arrendamiento, los herederos del propietario del contrato podrán acogerse en su posición siempre y cuando cumplieran los requisitos para pedir la vivienda y mantuvieran el lazo de consanguinidad con el arrendatario exigido, así como estar censados en la casa.Tratándose de un contrato de compraventa, el heredero del difunto que ostentaba la propiedad del inmueble podrá subrogarse en la posición del difunto en cuanto al contrato de compraventa.
En el despacho llevamos a cabo el análisis de cada caso concreto para comprobar si los clientes están en posición de acceder a una vivienda de este tipo, del mismo modo que, una vez que se ha tenido acceso a la vivienda, orientamos en todas aquellas tareas y trámites que desearan realizar en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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