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Requisitos para vivienda de protección oficial - VMS Abogados

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Requisitos para vivienda de protección oficial - Características de nuestro servicio
- Limitaciones de las VPO: la protección ofrecida no está exenta de restricciones para las Vivienda de Protección Oficial, y es que, para su venta, los propietarios tendrán que contar con una autorización de transmisión realizada por la Administración competente.
La tenencia y/o propiedad de una Vivienda de Protección Oficial requiere mantenerla como vivienda habitual, lo que se comprueba mediante inspecciones periódicas efectuadas por los Servicios de Inspección. De la inobservancia de esta limitación se podría terminar cometiendo una infracción.
Se establece un precio máximo de venta al igual que un valor concreto de arrendamiento. Con respecto a la compraventa, una vez que la propiedad se libera, el propietario tiene la posibilidad de venderla a precio de mercado sin necesidad de cumplir el límite determinado por la legislación regional.
- Requisitos económicos de acceso: para el acceso a una VPO la Comunidad de Madrid impone determinados requisitos a quienes desean comprar una casa, ya sea a través de la adquisición o arrendamiento.Esencialmente, las rentas familiares no deben ser más de 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que se refleja en los Presupuestos Generales, e igualmente, la persona que desea tener acceso a una Vivienda de Protección Oficial no puede ser propietario de pleno dominio o de un dominio real de uso o disfrute sobre otra casa protegida en toda la geografía española, ni una exenta en el territorio de la CAM.
Como anteriormente se ha especificado, la VPO deberá dirigirse a vivienda habitual, por lo que no deberá ser segunda residencia o usada como fuente de ingresos, por ejemplo, mediante su alquiler.
La Comunidad de Madrid puede establecer requisitos extra para acceder a viviendas reservadas a personas con ciertas características especiales, como son la minusvalía o la condición de familia numerosa.

- Descalificación y/o calificación y/o liberar este tipo de viviendas: para que una casa posea la calificación de Vivienda de Protección Oficial, y por tanto se encuentre protegida por la Administración, se requiere un proceso administrativo en virtud de lo que se obtendrá, en primer lugar, una certificación provisional sobre el proyecto, y una vez concluido, y cumpliendo con unos tiempos, se logrará una certificación definitiva.Fruto de la certificación como VPO, en función de si se trata de una promoción pública o privada, la vivienda tendrá una condición u otra. En las primeras, como ya se dijo anteriormente, la casa debe dirigirse a residencia habitual, y el valor de compra de la misma estará acotado.
Para vender una VPO se debe contar con la autorización de la Autoridad Competente en materia de vivienda, contando del mismo modo con que el valor de su venta será limitado.
- Herencia de VPO: En aquellas propiedades objeto de arrendamiento, los herederos del propietario del contrato podrán acogerse en su lugar siempre y cuando cumplieran las condiciones para pedir la vivienda y tuvieran el grado de consanguinidad con el inquilino requerido, así como estar censados en la vivienda.Siendo un contrato de compraventa, el heredero del finado que ostentaba la titularidad de la vivienda tendrá la posibilidad de subrogarse en la situación del fallecido en cuanto al contrato de compraventa.
En el bufete hacemos el análisis de cada caso específico para comprobar si los clientes se encuentran en situación de acceder a una casa de estas características, de la misma manera que, cuando se ha tenido acceso a la vivienda, aconsejamos en todas aquellas gestiones y trámites que desearan llevar a cabo en relación con su Vivienda de Protección Oficial.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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