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Requisitos cambio de uso de local a vivienda - VMS Abogados
La nueva realidad econçomica y social requiere de ideas innovadoras para satisfacer una de las necesidades más elementales de todas, que es el derecho a tener una casa.
Con lo cual, y teniendo en cuenta el beneficio de una rentabilidad mayor del suelo, no resulta poco habitual que nuevos propietarios adquieran viviendas cuyo fin original era de local o negocio, para designarlo a vivienda.
Así surge una nueva manera de acceso a vivienda, que no resulta ajena a materias, tanto de índole técnica como judicial.
Como decíamos, tramitar el cambio de uso de un inmueble en el que que se ha desarrollado un negocio para ajustarlo a las necesidades de una vivienda no se encuentra exento de un reacondicionamiento técnico de la propiedad, siendo indispensable cumplir con determinadas dimensiones, situación en relacióna la acera de cada una de las estancias que conforman la casa, exigencia de cocina y de sistema de evacuación de humos, requisitos sobre electricidad y ventilación, así como accesibilidad y seguridad en con respecto a la prevención de incendios, entre otras condiciones.

A las exigencias técnicas o físicas que tiene que reunir el inmueble se le añadirán las jurídicas, de modo que se tiene que cumplir con lo especificado por la normativa administrativa en materia urbanística y control acerca de los usos del suelo. En virtud de ello, debe tenerse en consideración que el cambio de uso de local a residencial necesitará de la obtención de una preceptiva licencia de obra solicitada mediante el proceso ordinario habitual. Para ello, es necesario adjuntar un proyecto firmado por un técnico competente en la materia, y que deberá incluir aquellas obras a acometer que se ajustan al Código de Edificación. No obstante, y con anterioridad, conviene obtener el Certificado de compatibilidad o conformidad urbanística, gestionado ante el Ayuntamiento de Madrid, y que en todo caso permitirá garantizar que el nuevo uso del que se dotará el suelo no proscribe con lo estipulado por la legislación urbanística. De la misma forma, es recomendable solicitar un estudio de viabilidad previo confeccionado por un técnico competente, que permitirá reconocer si el cambio de uso es posible, aunque también puede que lo confeccione el mismo Ayuntamiento, siendo el mismo potestativo, pero altamente aconsejable.
Además, el cambio de uso no debe trasgredir lo reflejado por los Estatutos o el Título Constitutivo, ni con la seguridad o configuración del bloque en el que se encuentra, primando mayormente la libertad de ejercer el derecho sobre la propiedad privada recogido en la Constitución. Sin embargo, cuando se modifican elementos comunes hay que tener la aprobación de la Comunidad de Vecinos.
Contacte con nuestros abogados especialistas en cambio de uso de local a vivienda.
Teléfono: 91 345 48 05
Email: info@vmsabogados.com
Requisitos cambio de uso de local a vivienda - Características de nuestro servicio
Un abogado especializado sabe toda la burocracia a realizar en el Ayuntamiento, por lo que se mejorará el procedimiento para la concesión de la licencia y, por otro lado, aconsejará en todos aquellos impedimentos que la Administración establezca para la concesión de las aprobaciones necesarias para realizar cambio de uso, pautando los pertinentes recursos, tanto en vía administrativa como contencioso-administrativa.
De la misma forma, y con el objetivo de prevenir posibles impedimentos por parte de la Comunidad de Vecinos, se llevará a cabo un análisis previo de los Estatutos de la Comunidad y el Título Constitutivo, con la finalidad de verificar que se permite realizar el cambio de uso. De la misma manera, y en caso de ser necesario, se acudirá a la Junta de Propietarios acompañado del técnico competente en la materia para mostrar la realidad del proyecto y la no afectación en la configuración y seguridad de la construcción y sus elementos comunes.
Todo ello se llevará a cabo en coordinación con un profesional experto en la cuestión, que se encargará de preparar los documentos y análisis técnicos necesarios para llevar a cabo el cambio de uso, y que serán entregados en el Ayuntamiento.

Requisitos cambio de uso de local a vivienda - ¿Por qué y cuándo contratar a un abogado especialista?
Una vez han sido expuestas algunas de las particularidades y/o complejidades a las que se debe enfrentar una persona o empresario que desee cambiar el uso de un inmueble de terciario a residencial, recomendamos que acudan al bufete cuanto antes si lo que quieren es agilizar todo el proceso para cambiar el uso original de su inmueble, o quieren consejo, así como asistencia letrada letrada por las negativas emitidas por parte del Ayuntamiento y que complican continuar con el procedimiento.
Igualmente, y debido a la naturaleza del cambio físico y jurídico que sufre la construcción, el cambio tendrá que acceder al Registro de la Propiedad a través de la oportuna escritura de cambio de uso. Nuestra pericia en la gestión de este tipo de actuaciones permitirá agilizar toda esta etapa final.
Por otro lado, la maestría y conocimiento de distintos regímenes legales que afectan a viviendas permitirá dotar de un asesoramiento más específico, ajustado, por ejemplo, a VPO. Al conocer su régimen y la extensión de calificación, y después de estudiar la cuestión, será más sencillo ajustar el proceso de cambio de uso a los requerimientos de esta clase de vivienda con un régimen más complejo.
Como hemos mencionado, el mejor momento para ponerse en contacto con el despacho será cuando el interesado se proponga tramitar el cambio de uso de un inmueble, momento en el que se explicará todo el camino por recorrer y se recibirá consultoría experta en cada una de las etapas del procedimiento para el cambio de uso, encontrando la solución óptima en caso de tener que tomar distintas decisiones.
¿Qué opinan nuestros clientes?






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